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Viernes, 28 Octubre 2016 01:10

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

3025

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 22 de julio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

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Mancomunidad Alto Henares-Badiel

 

3025

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 22 de julio de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

IMPORTE

162.214

15.501,26

TOTAL

15.501,26€

Altas en Concepto de Ingresos

       

Concepto

N.º

Descripción

Euros

Remanente de tesorería

87

Remanente de Tesorería

15.501,26€

   

TOTAL INGRESOS

15.501,26€

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Jadraque a 5 de septiembre de 2016.- El Presidente, Santos Andrés Andrés.

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