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Martes, 11 Julio 2023 08:07

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

2421

modificación de créditos n.º 128/2023
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AYUNTAMIENTO DE PASTRANA


2421

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 128/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

338

22669

Actuaciones culturales y deportivas

55.000

88.900

143.900

165

22100

Energía eléctrica

54.000

55.000

109.000

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 

143.900 €

 

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Aplicación: económica

Descripción

EUROS

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

 

 

 

87000

Remanente Tesorería para gastos generales 

143.900 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

143.900 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos., que son los siguientes:  

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Y para que conste y surta los efectos oportunos se expide la presente, con las salvedad que determina el art. 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente.

en Pastrana a 7 de julio de dos mil veintitrés. el Alcalde, Carlos Largo Alcon

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