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Lunes, 03 Julio 2023 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

2273

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS
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MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LAS DOS CAMPIÑAS


2273

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente n.º 2/2023 (Expediente 31/2023), financiado con cargo a Remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos finales

Prog.

Ec.

 

 

 

 

920

131

Administración general. Laboral temporal

66.850,00

15.000,00

81.850,00

920

16000

Administración general. Seguridad social

27.504,00

5.500,00

33.004,00

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 

 

8

87

870.10

Remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada

20.500,00

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede , en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Humanes a 29 de junio de 2023. La Presidenta Dª Elena Cañeque García

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