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Jueves, 29 Junio 2023 08:06

DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES DE LA ALCALDÍA EN CONCEJALES

2209

DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES DE LA ALCALDÍA EN CONCEJALES
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AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE


2209

Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2023-651 de fecha 22 de junio de 2023, se han determinado las diferentes áreas de gobierno municipal, así como las delegaciones de atribuciones en concejales del ayuntamiento, publicándose la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

«Antecedentes y fundamentos de Derecho

I.- Con fecha 17 de junio de 2023 ha quedado constituida la nueva Corporación municipal resultante las elecciones locales celebradas el 28 de mayo de 2023. Ello obliga a establecer la nueva organización municipal del equipo de gobierno de modo que se garantice el mejor servicio y proximidad a los ciudadanos, así como los mayores grados de eficacia y eficiencia en el ejercicio de las competencias municipales. Al efecto, se entiende conveniente el otorgamiento por la alcaldía de determinadas delegaciones, al objeto de que la gestión municipal logre los referidos objetivos, de acuerdo a lo que se indica en la parte dispositiva de esta resolución.

II.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), así como en los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF).

III.- La alcaldía tiene la atribución legal para adoptar este acto administrativo en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.4 LBRL y demás normas concordantes.

En virtud de lo expuesto, SE ACUERDA:

Primero.- Se establecen las siguientes áreas de gobierno municipal y, al efecto, se delegan en los concejales que se indican, con carácter de delegaciones especiales, la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes que se especifican, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, y sin perjuicio de las atribuciones legales que corresponden a la alcaldía:

a) Intervención, Tesorería y Recaudación, Tributos, Contratación y Compras y Seguridad Ciudadana: la propia alcaldía Dª M.ª Sonsoles Rico Ordoñez.

b)  Limpieza Viaria, Redes de agua, Alumbrado público y eficiencia energética, Urbanismo: D. Juan Carlos Castro Sánchez.

c) Bienestar social, Promoción de la Cultura: Dª Rosa Ana Gómez Pérez y Dª Vanessa Sánchez Rebollo.

d)  Igualdad, Mayores, Biblioteca y Archivo: Dª Rosa Ana Gómez Pérez.

e) Cooperación al Desarrollo, Diversidad, Desarrollo del comercio local, Sello Ciudad de la Infancia, Ciudades Educadoras, Atención a la Ciudadanía y Control de animales domésticos y Protección Civil: Dª Vanessa Sánchez Rebollo.

f) Participación Ciudadana, Vecinas y vecinos, Asociaciones, Festejos y Vivienda: Dª. Vanessa Sánchez Rebollo, así como la propia Alcaldesa Dª M.ª Sonsoles Rico Ordoñez.

g) Adolescencia y Juventud, Medio Ambiente urbano, Portal de Transparencia, Tecnología y Gobierno abierto, Transporte: D. Marco Manuel Marín López.

h) Deporte y Promoción de la Salud: D. David Alonso Jiménez.

i)  Salud Pública y Consumo: Dª María Juana Delgado Ortiz.

j) Educación, AMPAS, Empleo y Orientación y Formación Profesional: Dª María Juana Delgado Ortiz y Dª Rosa Ana Gómez Pérez.

Segundo.- Estas delegaciones se conceden por tiempo indefinido y no podrán ser objeto de delegación por los delegados, pudiendo ser revocadas en cualquier momento por la Alcaldía.

Tercero.-Queda revocada cualquier otra delegación de atribuciones de la alcaldía en miembros de la Corporación que se oponga a lo dispuesto en esta resolución.

Cuarto.- Esta resolución se notificará personalmente a los designados para su aceptación, en su caso, y una vez conste la misma, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, así como en la Sede Electrónica y Tablón de Anuncios municipales, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre. La delegación de atribuciones requerirá, para ser eficaz, su aceptación por parte de los delegados. La delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo no se hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no se acepta la delegación.

Quinto- Esta resolución será efectiva desde el mismo día de su formalización.

Sexto.- Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que se celebre.».

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Villanueva de la Torre, a 22 de junio de 2023, lo manda y firma la Alcaldesa, Sonsoles Rico Ordóñez.

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