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Lunes, 15 Mayo 2023 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 7/2023

1696

Aprobación definitiva modificación de créditos 7/2023
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AYUNTAMIENTO DE YEBES


1696

En cumplimiento de lo previsto en el art. 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 14/04/2023, sobre la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos núm. 7/2023, en la modalidad de créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiados con remanente líquido de tesorería, cuyo resumen es el siguiente:

Créditos extraordinarios

Aplicación Presup.

Descripción

Créditos iniciales + modificaciones

Crédito extraordinario

Créditos finales

1532.60900

Pavimentación Travesía Olmos

0,00

35.057,21

35.057,21

920.63203

Adecuación espacio usos múltiples

0,00

273.799,55

273.799,55

TOTALES

0,00

308.856,76

308.856,76

Suplementos de crédito

Aplicación Presup.

Descripción

Créditos iniciales + modificaciones

Suplemento

crédito

Créditos finales

4412.22799

Servicio de transporte de viajeros

102.463,83

20.103,19

122.567,02

920.22604

Gastos jurídicos y contenciosos

121.670,89

61.380,90

183.051,79

TOTALES

224.134,72

81.484,09

305.618,81

Dichos gastos se van a financiar de conformidad con el art. 177.4 del TRLRHL y 36.1 y 2 del Real Decreto 500/1990 con remanente líquido de tesorería.

Fuente de financiación (Remanente líquido de tesorería)

Aplicación Presup.

Descripción

Importe

87000

Remanente de tesorería para gastos generales

390.340,85

TOTALES

390.340,85

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los arts. 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Yebes, 11 de mayo de 2023.- EL ALCALDE, José Miguel Cócera Mayor

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