Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 26 Abril 2023 08:04

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIONES DE CRÉDITO - SUPLEMENTO DE CRÉDITO

1476

Aprobación definitiva suplemento de crédito financiado con Remanente de Tesorería
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE TRIJUEQUE


1476

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de crédito

Créditos

finales

Progr.

Económica

161

622

Abastecimiento domiciliario agua potable, inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios, edificios y otras construcciones.

14.000,00

6.000,00

20.000,00

1621

22799

Trabajos realizados recogida de residuos.

61.000,00

19.800,00

80.800,00

338

22699

Fiestas populares y festejos. Otros gastos diversos.

3.500,00

36.500,00

40.000,00

341

22609

Promoción y fomento del deporte. Actividades culturales y deportivas.

16.167,20

832,80

17.000,00

459

619

Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes.

84.264,00

231.907,00

316.171,00

920

212

Administración General. Reparaciones, mantenimiento y conservación. Edificios y otras construcciones.

63.500,00

1.940,84

65.440,84

920

216

Mantenimiento de equipos de información.

3.000,00

7.000,00

10.000,00

929

22799

Imprevisto, situaciones transitorias y contingencias de ejecución. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

21.000,00

29.000,00

50.000,00

933

619

Gestión del patrimonio. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

10.000,00

2.500,00

12.500,00

 

 

TOTAL

276.431,20

335.480,64

611.911,84

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

870

Remanente de Tesorería

335.480,64

 

TOTAL INGRESOS

335.480,64

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Trijueque, a 24 de abril de 2023. El Alcalde, José Manuel Ortiz Armada

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Trijueque
Visto 239 veces