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Viernes, 14 Abril 2023 08:04

INFORMACIÓN PÚBLICA APROBACIÓN DEFINITIVA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO 1/2023

1316

INFORMACIÓN PÚBLICA APROBACIÓN DEFINITIVA DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO 1/2023
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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


1316

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Trillo por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 1/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de Crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería. 

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 13 de marzo de 2023, sobre suplemento de crédito, como sigue a continuación:

APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS

 

AUMENTO

(€)

Aplicación Presupuestaria

DENOMINACIÓN

1531.692.00

1532.221.00

1532.619.01

1532.619.10

1710.619.03

1710.619.10

2310.130.00

2310.130.01

2310.130.03

2310.130.04

2310.130.05

2310.160.00

2310.221.00

2310.227.09

3120.221.00

3120.226.99

3230.212.00

3230.213.00

3230.221.00

3230.226.99

3330.221.00

3380.226.99

3420.221.00

3420.226.99

3420.227.03

3420.622.03

4301.619.02

4320.221.00

4320.226.99

4540.619.00

4540.619.01

9200.221.00

9200.226.99

9200.227.06

9200.227.99

9200.440.00

9200.625.00

9200.626.00

9200.632.00

Obra rehabilitación Puente de Trillo

Energía eléctrica vías y obras

Obras acondicionamiento y accesibilidad entorno parque c/ Jardines 

Mejoras vías públicas

Acondicionamiento zonas turísticas Trillo y pedanías

Mejoras parques y jardines

Retribuciones básicas personal laboral fijo servicios sociales

Horas extraordinarias personal laboral fijo servicios sociales

Trienios personal laboral fijo servicios sociales

Complemento destino personal laboral fijo servicios sociales

Complemento específico personal laboral fijo servicios sociales

Seguridad Social servicios sociales

Energía eléctrica guardería

Contratos servicios sociales

Energía eléctrica centros médicos

Gastos diversos sanidad

Edificios y otras construcciones colegios

Conservación, mantenimiento, instalaciones y utillaje colegio

Energía eléctrica colegios

Gastos diversos educación

Energía eléctrica cultura

Gastos diversos festejos populares

Energía eléctrica deportes

Gastos diversos deportes

Contrato con empresas de servicios deporte  

Pista deportiva polivalente en La Puerta

Rehabilitación Balneario

Energía eléctrica oficina de turismo

Gastos diversos turismo

Arreglo caminos en Trillo y Pedanías

Acondicionamiento del camino de la gravera

Energía eléctrica administracion general

Gastos diversos administración general  

Contrato servicios técnicos informáticos

Trabajos de asistencia técnica

Subvención a la empresa municipal TGM

Administración General mobiliario

Equipos para procesos de información

Mejora edificios públicos  

    680.000,00 

    310.000,00 

    250.000,00 

      50.000,00 

    300.000,00 

    200.000,00

      25.000,00 

      10.000,00 

        8.000,00 

      15.000,00 

      40.000,00 

      50.000,00 

      10.000,00 

    300.000,00

        5.000,00 

      10.000,00 

      10.000,00 

      25.000,00 

      20.000,00 

      30.000,00 

      30.000,00 

    750.000,00 

      30.000,00 

      50.000,00 

      40.000,00 

    150.000,00 

    400.000,00 

      10.000,00 

      35.000,00

      20.000,00

      45.000,00

      50.000,00 

      80.000,00 

      20.000,00 

    150.000,00 

    350.000,00 

      20.000,00 

      10.000,00 

      20.000,00

 

TOTAL

4.608.000,00

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Trillo, a 12 de abril de 2023; El Alcalde: Jorge Peña García

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