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Lunes, 27 Marzo 2023 08:03

CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ANUNCIO DE PUBLICACIÓN DE LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN EL CONVOCATORIA DEL CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTA ENTIDAD

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CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ANUNCIO DE PUBLICACIÓN DE LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN EL CONVOCATORIA DEL CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTA ENTIDAD
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CONSORCIO PARA SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA (CEIS GUADALAJARA)


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Por Resolución de la Presidencia del CEIS GUADALAJARA nº 2023-0081, de fecha 23 de marzo de 2023, se acordó subsanar los errores materiales existentes en la publicación realizada en el BOP de la provincia de Guadalajara n.º 57, de fecha 22 de marzo de 2023. Se procede a la publicación una vez corregido.

Donde dice:

“Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, antela Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.”

Debe decir

“Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de este Consorcio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho”.

En Guadalajara, a 23 de marzo de 2023.EL PRESIDENTE. José Luis Vega Pérez.

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  • Municipios: Guadalajara
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