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Miércoles, 15 Marzo 2023 08:03

RESOLUCIÓN CONCURSO ESPECÍFICO

873

RESOLUCIÓN CONCURSO ESPECÍFICO
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


873

En fecha 6 de marzo de 2023, se ha dictado Resolución núm. 2023-0961, cuya parte resolutiva se hace pública para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en la Base Décimo Tercera de la convocatoria:

“PRIMERO.- De conformidad con la convocatoria efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Corporación, en sesión celebrada el 26 de julio de 2022 (BOP núm. 159 de 19.08.2022 y reseña en el B.O.E. núm. 213, de 5.09.2022), teniendo en cuenta las bases reguladoras de los concursos y en especial la décimo tercera del concurso específico de provisión de puestos, las propuestas de la Comisión de Valoración y una vez cumplidas las demás formalidades, adjudico a los funcionarios que se detallan, los puestos de trabajo indicados, debiendo cesar en los puestos que venían desempeñando.

PUESTO ADJUDICADO

SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DE PROCEDENCIA

DATOS PERSONALES

PUESTO/LOCALIDAD

 

GRUPO

SUBGRUPO

NIVEL

 

PUESTO DE ORIGEN

GRUPO

SUBGRUPO

NIVEL

APELLIDOS Y NOMBRE

 

GRUPO

SUBGRUPO

GRADO

 

15 ADJUNTO/A JEFE/A DE SERVICIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

Localidad: Guadalajara

A

A1

26

ADJUNTO/A JEFE/A DE SERVICIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO)

En comisión de servicios

A

A1

26

SEGUÍN OSORIO, Felipe

A

A1

26

829 TÉCNICO/A DE SISTEMAS,

REDES Y SEGURIDAD

INFORMÁTICA  (movilidad interadministrativa)

Localidad: Guadalajara

A

A2

24

533 JEFE DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

(movilidad interadministrativa)

En comisión de servicios

A

A1/A2

26

QUINTAS RIEGO, Carlos Fernando

A

A2

22

SEGUNDO.- El destino adjudicado, de conformidad con la base décimo segunda de la convocatoria, tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no generará derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado obtenga otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito a esta Presidencia.

El personal que obtenga destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de traslados que convoquen tanto la Diputación Provincial como otras Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los supuestos de cese de puesto de libre designación, supresión de puesto o remoción (art. 68.6 de la Ley 4/201 (base décimo tercera, punto 4).

TERCERO.- El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo y comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación, sin perjuicio de las prórrogas establecidas en los tres últimos párrafos de la referida base décimo tercera...”

CUARTO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción  Contencioso-Administrativa.“

Guadalajara, 9 de marzo de 2023. El Presidente, José Luis Vega Pérez

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