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Miércoles, 08 Febrero 2023 08:02

CORRECCION DE ERRORES

394

CORRECCION DE ERRORES
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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


394

Decreto de la Alcaldía 
Asunto: Aprobación y bases de convocatoria de selección de personal laboral temporal para la ejecución del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla La Mancha durante el ejercicio 2022-202, y creación de Bolsa de Trabajo con vigencia durante dicho periodo.

Antecedentes y Fundamentos de Derecho

I.- En el marco de la Orden 146/2022, de 27 de julio, subvenciones para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus y se efectúa la convocatoria para 2022, y las que estén en situación de exclusión social, así como efectuar la convocatoria para 2022, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha propuesto la concesión a este Ayuntamiento una subvención para la contratación de 16 personas para la ejecución de los dos proyectos aprobados.

II.- En ejecución de dicha subvención, procede aprobar las bases y convocatoria del proceso selectivo de trabajadores distribuidos para 2 proyectos: Proyecto 1: Fomento urbano del municipio de Fontanar. - Proyecto 2: Fontanar en verde. Además, la bolsa de empleo podrá emplearse- de forma potestativa- por el Ayuntamiento en sus planes locales de empleo para lo cual se dictaría resolución separada con los requisitos de participación.

III.- Las Bases que forman parte de la Resolución, contienen todos los requisitos y detalles del proceso selectivo fueron aprobadas y publicadas en el BOP de Guadalajara nº242, de fecha 22 de Diciembre de 2022.

IV.- El Ayuntamiento de Fontanar no dispone de empleados públicos suficientes con las características concretas que deben tener los miembros de este tipo de Tribunal, por lo que se solicitó colaboración a otras Administraciones Públicas.

V.- La Alcaldía tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

PRIMERO. Anular la composición aprobada mediante Decreto nº89 de 29 de enero de 2023 tras detectar error material conforme el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  y aprobar nueva composición de la Comisión de Selección de personal laboral temporal para la contratación de contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha conforme la Orden 146/2022, de 27 de julio, y Plan de Empleo Local que llevará a cabo el Ayuntamiento de Fontanar de acuerdo con los antecedentes y al siguiente detalle:

-    Presidente: Dª. Silvia Hita Andrés.
-    Presidente suplente: D. Eduardo de las Peñas Plana
-    Secretario: Dª. Alma María Centeno Calderón
-    Secretario suplente: D. José Javier Ruiz Ochayta  
-    Vocal: Dª. Marta Rubio Blasco 
-    Vocal: D. Manuel Álvarez García 
-    Vocal: Dª Araceli Tejedor Conde.
-    Vocal suplente: Dª. Isabel López de la Fuente
-    Vocal suplente: Dª. María Elena García Martín
-    Vocal suplente: Dª. María Paz Guijarro Herranz 

SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión que celebre.

TERCERO. Publicar la presente resolución en legal forma a los efectos oportunos.

CUARTO. Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa. Contra él se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, o bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que estime oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En Fontanar a 3 de febrero de 2023. El Alcalde. Victor San Vidal Martinez.

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