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Viernes, 27 Enero 2023 08:01

APROBACION DE COMPOSICION DE LA COMISION DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN EXCLUSION SOCIAL EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA

251

APROBACION DE COMPOSICION DE LA COMISION DE SELECCION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN EXCLUSION SOCIAL EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA
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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


251

Decreto de la Alcaldía
Asunto: Aprobación y bases de convocatoria de selección de personal laboral temporal para la ejecución del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla La Mancha durante el ejercicio 2022-202, y creación de Bolsa de Trabajo con vigencia durante dicho periodo.

Antecedentes y Fundamentos de Derecho

I.- En el marco de la Orden 146/2022, de 27 de julio, subvenciones para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus y se efectúa la convocatoria para 2022, y las que estén en situación de exclusión social, así como efectuar la convocatoria para 2022, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha propuesto la concesión a este Ayuntamiento una subvención para la contratación de 16 personas para la ejecución de los dos proyectos aprobados.

II.- En ejecución de dicha subvención, procede aprobar las bases y convocatoria del proceso selectivo de trabajadores distribuidos para 2 proyectos: Proyecto 1: Fomento urbano del municipio de Fontanar. - Proyecto 2: Fontanar en verde. Además, la bolsa de empleo podrá emplearse- de forma potestativa- por el Ayuntamiento en sus planes locales de empleo para lo cual se dictaría resolución separada con los requisitos de participación.

III.- Las Bases que forman parte de la Resolución, contienen todos los requisitos y detalles del proceso selectivo fueron aprobadas y publicadas en el BOP de Guadalajara nº242, de fecha 22 de Diciembre de 2022.

IV.- El Ayuntamiento de Fontanar no dispone de empleados públicos suficientes con las características concretas que deben tener los miembros de este tipo de Tribunal, por lo que se solicitó colaboración a otras Administraciones Públicas.

V.- La Alcaldía tiene la atribución legal para adoptar este acuerdo de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En virtud de lo expuesto,

DISPONGO:

PRIMERO. Aprobar la composición de la Comisión de Selección de personal laboral temporal para la contratación de contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha conforme la Orden 146/2022, de 27 de julio, y Plan de Empleo Local que llevará a cabo el Ayuntamiento de Fontanar de acuerdo con los antecedentes y al siguiente detalle:

  • Presidente: D. Eduardo de las Peñas Plana
  • Presidente suplente: Araceli Sanz Tejedor
  • Secretario: Dña. Alma María Centeno Calderón
  • Secretario suplente: D. José Javier Ruiz Ochayta  
  • Vocal: Dña. Marta Rubio Blasco
  • Vocal: D. Manuel Álvarez García
  • Vocal: Dña. Silvia Hita Andrés
  • Vocal suplente: Dña. Isabel López de la Fuente
  • Vocal suplente: Dña. María Elena García Martín
  • Vocal suplente: Dña. María Paz Guijarro Herranz

SEGUNDO. Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la próxima sesión que celebre.

TERCERO. Publicar la presente resolución en legal forma a los efectos oportunos.

CUARTO. Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa. Contra él se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, o bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que estime oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En Fontanar a 24 de enero de 2023. El Alcalde. Victor San Vidal Martínez

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