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Viernes, 13 Enero 2023 08:01

SERVICIOS MÍNIMOS PERSONAL DE LIMPIEZA EN CENTROS EDUCATIVOS POR HUELGA

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SERVICIOS MÍNIMOS PERSONAL DE LIMPIEZA EN CENTROS EDUCATIVOS POR HUELGA
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


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Mediante el presente anuncio se hace público el Decreto de Alcaldía nº 2023-0071, de fecha 10 de enero de 2023 que se transcribe a continuación:

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El artículo 28.2 de la Constitución española reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, señalando, asimismo, que “la ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

No habiéndose producido el desarrollo legal exigido por el artículo de la Constitución antes citado, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 10.2 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, según el cual «Cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funciona miento de los servicios».

Los servicios prestados por el Ayuntamiento tienen la consideración de servicios públicos, según se desprende de lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

La competencia municipal para la fijación de los servicios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 del Real Decreto Ley 17/1977, está reconocida por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en diversas sentencias.

Visto que el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares tiene contratado desde el 1 de agosto de 2022 el servicio de limpieza y desinfección de los edificios municipales con la empresa OHL SERVICIOS  INGESAN S.A.

Vista la Resolución de 28/12/2022, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen los servicios mínimos respecto de los centros educativos de titularidad de la consejería gestionados directa o indirectamente por la misma durante la huelga convocada desde las 00:00 horas del día 10/01/2023 hasta las 24:00 horas del día 13 de enero del mismo año, ambos inclusive; y desde las 00:00 horas del día 16/01/2023 hasta las 24:00 horas del día 20 de enero del mismo año, ambos inclusive; que afectará a todas las personas trabajadoras que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de los convenios colectivos del sector de limpieza de edificios y locales de las provincias de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar los servicios mínimos en un 50% para la limpieza de los centros educativos de la localidad.

Donde solo haya una persona encargada de toda la limpieza del centro, los servicios mínimos se fijan en el 100% del personal. Estos criterios están referidos a cada uno de los turnos establecidos en el centro.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se proponen corresponderá a la empresa adjudicataria.

SEGUNDO.- La presente resolución tendrá efectos desde el día de su firma.

TERCERO.- Notificar la presente resolución a la empresa contratista con indicación de los recursos que procedan.

CUARTO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.>>

En Azuqueca de Henares, a 10 de enero de 2023. Fdo. el Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno

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