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Jueves, 22 Diciembre 2022 08:12

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA

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APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN Nº 3 ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
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AYUNTAMIENTO DE YELAMOS DE ARRIBA


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de aprobación de la modificación nº3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,  cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

TEXTO DE LA MODIFICACIÓN

“Artículo 12º. Tipo de Gravamen.

El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será del 0,70%.”

La presente modificación entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse a partir del 01 de Enero de 2023.”

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, con sede en  Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Yélamos de Arriba, a 19 de diciembre de 2022. Fdo.: Octavio Fernández Prieto, Alcalde

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