Imprimir esta página
imagen no encontrada
Jueves, 22 Diciembre 2022 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 3/2022

4123

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 3/2022
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS DEL CONGOSTO


4123

Aprobado definitivamente el expediente de Crédito extraordinario financiado con cargo al  Remanente líquido de tesorería,  lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Estado de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

163

227.99

DESBROCE   VÍA PÚBLICA

0,00 €

 14.530,90  €

14.530,90  €

132

629

CÁMARAS VIDEOVIGILANCIA

0,00 €

15.920,00 €

15.920,00 €

920

226.01

GASTOS PROTOCOLARIOS

0,00 €

1.500,00 €

1.500,00 €

23

226.02

PUBLICIDAD    VIOLENCIA GÉNERO

0,00 €

1.013,32 €

1.013,32 €

920

626

EQUIPOS PARA PROCESOS DE LA INFORMACIÓN

 0,00 €

533,61 €

533,61 €

160

639

REPOSICIÓN  ALCANTARILLADO (POZO).

0,00 €

2.750,00 €

2.750,00 €

 

 

TOTAL

0,00 €

36.247,83 €

36.247,83 €

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Estado de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87 

870 

REMANENTE DE TESORERÍA 

36.247,83 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

36.247,83 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. 

En San Andrés del Congosto, a 20 de noviembre de 2022. La Alcaldesa, Dña. Concepción Trujillo Palancar.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: San Andrés del Congosto
Visto 222 veces