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Miércoles, 14 Diciembre 2022 08:12

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES

3893

APROBACION DEFINITIVA DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LOS AÑOS 2023, 2024 Y 2025.
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AYUNTAMIENTO DE PASTRANA


3893

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, tan solo una corrección en cuanto a la fecha de aprobación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana que al no mostrar ninguna duda de la errata queda modificada en el texto, por lo que queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA PARA LOS AÑOS 2023, 2024 Y 2025, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS

PREÁMBULO Y MARCO NORMATIVO
  1. DISPOSICIONES GENERALES
    VIGENCIA
    NATURALEZA JURÍDICA
    PRINCIPIOS GENERALES
  2. OBJETIVOS Y LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
    OBJETIVOS GENERALES Y ESTRATÉGICOS
    LÍNEAS DE SUBVENCIÓN Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS
  3. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
    BENEFICIARIOS
    PROCEDIMIENTO
    PLAZOS DE EJECUCIÓN
  4. COSTES Y FINANCIACIÓN
    COSTES PREVISIBLES
    FINANCIACIÓN
  5. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA
    SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
    TRANPARENCIA
  6. PLAN DE ACTUACIÓN

ANEXO I. RESUMEN DE ACTUACIONES

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA

PREÁMBULO

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, se prevé en la Legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, de carácter plurianual, con el fin de adecuar las necesidades a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles.

Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana se configura como un instrumento de planificación de la actividad subvencional municipal para el período 2022-2024 siendo el complemento necesario para articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.

Marco normativo

El marco normativo de los Planes Estratégicos de Subvenciones viene regulado en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones donde se determina que las Administración públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Asimismo hay que tener en cuenta el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, Sección 1ª dedicada a los Planes Estratégicos de subvenciones, en cuyos artículos 10 a 15, se disponen los principios directores, ámbito, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos de su incumplimiento.

También será de aplicación la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 115 de 26 de septiembre de 2005, la cual también puede ser consultada en el Portal de Transparencia.

I. DISPOSICIONES GENERALES

I.1. VIGENCIA

 De conformidad con lo establecido en el art. 11.4 del Reglamento de Subvenciones se establece una vigencia del Plan Estratégico de Subvenciones de tres años, es decir abarca la actividad subvencional del Ayuntamiento de los años 2023, 2024 y 2025, si bien, de conformidad con el artículo 14 del mismo texto normativo, se actualizará anualmente, de acuerdo con la información relevante disponible. Para el año 2022 servirá la Memoria explicativa de subvenciones que se aprobó en Pleno junto a la aprobación del presupuesto del año 2022.

Las distintas líneas de subvención, como norma general, tendrán carácter anual y una imputación presupuestaria anual, sin perjuicio de aquellas que se estimen de especial interés que tengan una periodicidad diferente.

Este Plan Estratégico de Subvenciones podrá modificarse motivadamente en todos sus términos en cualquier momento teniendo en cuenta todas las tramitaciones que resulten preceptivas.

I.2. NATURALEZA JURÍDICA

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o el documento procedente.

I.3. PRINCIPIOS GENERALES

La gestión de las subvenciones a las que se refiere este Plan se realizará de acuerdo con los siguientes principios:

  1. Publicidad y transparencia, que garantiza la igualdad en el acceso y el público conocimiento de los recursos y de los resultados de su rendimiento.
  2. Libre concurrencia, como norma general y sin perjuicio de las subvenciones directas como excepción.
  3. Objetividad en la asignación de fondos públicos. La concesión de subvenciones se realizará conforme a criterios objetivos previamente establecidos en las convocatorias a fin de que sean conocidos por los potenciales beneficiarios.
  4. Igualdad y no discriminación entre ciudadanos.
  5. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas.
  6. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes.

II. OBJETIVOS Y LÍNEAS DE SUBVENCIÓN

II.1. OBJETIVOS GENERALES Y ESTRATÉGICOS

Estos objetivos describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan y han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana cuenta con  los siguientes Objetivos Generales:

  • Establecer para las diversas líneas de subvención del Ayuntamiento un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a las mismas.
  • Fomentar actividades de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
  • Apoyar el asociacionismo local y potenciar la participación de la ciudadanía en el desarrollo del municipio.

II.2. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN y OBJETIVOS ESPECÍFICOS         

El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana marca las siguientes líneas de subvención y Objetivos Estratégicos Específicos:

ACTUACIONES FINANCIADAS CON FONDOS PROPIOS

LÍNEA DE SUBVENCIÓN

MODALIDAD

(Mecanismo puesta  en marcha)

 

DENOMINACIÓN CONVOCATORIA

SECTORES A LOS QUE SE  DIRIGEN LAS AYUDAS

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL IES DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN LIBROS DE TEXTO ESCOLAR.

PADRES DE ALUMNOS DE PASTRANA

DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PASTRANA

BIENESTAR SOCIAL

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN PARA RESIDENCIA DE MAYORES PRINCIPE DE ÉBOLI

MAYORES

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN MUSICAL BANDA DE MÚSICA

ASOCIACIONES DE PASTRANA

DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA LAS PEÑAS DEL MUNICIPIO DE PASTRANA CON MOTIVO DE LA PARTICIPACIÓN Y FOMENTO DE LAS FIESTAS

ASOCIACIONES DE PASTRANA

DEPORTES

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS Y CLUBES

ENTIDADES DEPORTIVAS Y   CLUBES DE PASTRANA

ACTUACIONES FINANCIADAS CON CARGO AL CONVENIO ENTRE  NATURGY GENERACIÓN S.L.U. Y EL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA

LÍNEA DE SUBVENCIÓN

MODALIDAD

(Mecanismo puesta  en marcha)

DENOMINACIÓN CONVOCATORIA

SECTORES A LOS QUE SE  DIRIGEN LAS AYUDAS

DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA ASOCIACIÓN DAMAS Y CABALLEROS

ASOCIACIONES DE PASTRANA

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL IES DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS

EDUCACIÓN

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS

DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA

ASOCIACIONES DE PASTRANA

ENTIDADES RELIGIOSAS

DIRECTA.

TRANSFERENCIA

SUBVENCIÓN PARA HERMANAS CONCEPCIONISTAS

APOYO A ENTIDADES RELIGIOSAS DE PASTRANA

III. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

III.1. BENEFICIARIOS

Tendrán la consideración de beneficiarios de las subvenciones públicas municipales las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión en los términos del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cumplan los requisitos señalados en el artículo 13 de dicha Ley y otros que recojan las bases reguladoras.

III.2. PROCEDIMIENTO

El Ayuntamiento de Pastrana concederá subvenciones, en los términos de la normativa vigente en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, o excepcionalmente, a través de concesión directa, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamiento que se encuentren en la situación que motiva la subvención.

Para que una actividad pueda ser objeto de subvención o ayuda con cargo a los Presupuestos Generales del Ayuntamiento, deberá perseguir alguno de los siguientes fines:

  • Complementar, colaborar, servir, propiciar o suplir fines de competencia municipal.
  • Fomentar una actividad de interés social.
  • Fomentar asociaciones cuyo objeto sea la defensa de los intereses generales o sectoriales de los/as vecinos/as.
  • Coadyuvar a la integración social, mediante ayudas económicas, a aquellos/as ciudadanos/as que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social en defensa del principio de igualdad de oportunidades.

A los efectos de su concesión se establecen los siguientes tipos de procedimientos en la concesión de subvenciones:

  • Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva que deberán incorporar el baremo con los criterios para la concesión así como la ponderación de los mismos.
  • Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto.
  • Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
  • Subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía sean impuestas al Ayuntamiento de Pastrana por una norma de rango legal. En estos casos se atenderá al procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.

Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Además de eso, podrán concederse mediante ayuda directa aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales y para aquellos supuestos en los que, de acuerdo con la naturaleza de la subvención, la urgencia o el interés público de la misma se requiera un tipo de procedimiento de concesión distinto, de conformidad con la legislación vigente y previa justificación correspondiente.

En las correspondientes bases de subvención deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se regulen.

III.3. PLAZOS DE EJECUCIÓN

Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución (de desarrollo de las actuaciones subvencionadas) anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural.

En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual, o la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes bases de las subvenciones, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando anualmente los requisitos que establece la legislación vigente.

IV. COSTES Y FINANCIACIÓN

IV.1. COSTES PREVISIBLES

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la aprobación, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones en caso de concurrencia competitiva, o, en casos específicos, de las ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el acuerdo que apruebe la concesión directa.

Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y de la regla de gasto. Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el presupuesto general del Ayuntamiento.

Las líneas de actuación son susceptibles de incrementarse con aportaciones suplementarias de fondos de otras administraciones o a través de las modificaciones presupuestarias, siempre y cuando se haya previsto en la convocatoria en los términos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las subvenciones que se reflejan en el presente Plan se financian con fondos propios. Salvo las que vienen subvencionadas a través del Convenio entre Naturgy Generación S.L.U. y el Ayuntamiento de Pastrana y así se hace constar en el presente Plan Estratégico.

IV.2. FINANCIACIÓN

Las Subvenciones a que hace referencia este Plan Estratégico se financian con cargo a los créditos correspondientes del presupuesto municipal, consignado en las aplicaciones presupuestarias que se especifican en el mismo.

Con carácter previo a la convocatoria de la subvención o a la concesión directa deberá efectuarse la autorización del gasto correspondiente. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine presupuestariamente.

En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán adquirirse compromisos de gasto superiores a su importe.

V. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA

V.1. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

El control y seguimiento del presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana se realizará de forma anual, en dos aspectos:

Control económico -financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado al Alcalde del Ayuntamiento de Pastrana, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente y con los procedimientos que por parte de la Junta Local se determinen.

Control y seguimiento del Plan. Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:

  • Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
  • Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
  • Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la consecución de los objetivos previamente establecidos.

Este seguimiento se realizará anualmente por el servicio municipal al que se encomiende el seguimiento del Plan, para lo cual por parte de cada uno de los Departamentos se procederá a remitir memoria justificativa con las siguientes especificaciones:

  • Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro).
  • El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución. A tales efectos, para cada línea de subvención se deberán determinar los indicadores de cumplimiento de sus objetivos.
  • Los costes efectivos en relación a los previsibles. Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.
  • Conclusiones o valoración global.
  • Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

V.2. TRANSPARENCIA

En aras a dar cumplimiento al principio de transparencia todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas anualmente en el Portal de Transparencia municipal, así como en la Base Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, con indicación de la entidad receptora, cuantía de la misma y proyecto o acción a la que va destinada.

VI. PLAN DE ACTUACIÓN

Línea de subvención

Educación

Denominación de la convocatoria

ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES

Área

EDUCACIÓN

Sectores a los que se dirigen las ayudas

 Asociación de Padres y Madres de Alumnos del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín”

Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación.

Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo.

Plazo

Anual

Costes y financiación

840 €

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

 

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS).

-Calendario.

Transferencia directa.

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

Línea de subvención

Educación

Denominación de la

convocatoria

ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES

Área

EDUCACIÓN

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociación de Padres y Madres de Alumnos del Colegio Público “Duques de Pastrana”

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

 

Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo.

Plazo

Anual

Costes y financiación

750 €

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

 

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Trasferencia directa.

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

 

 

 

 

Línea de subvención

Educación/Bienestar social.

Denominación de la

convocatoria

AYUDA MATERIAL ESCOLAR

Área

EDUCACION

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Alumnos empadronados en Pastrana del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín” y del Colegio Público “Duques de Pastrana”

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

 

Ayudar a las familias en la adquisición de libros de texto y material escolar.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

6.000 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

334 485

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Trasferencia directa

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.

 

 

Línea de subvención

Dinamización de actividades festivas populares

Denominación de la convocatoria

Subvenciones para las peñas del municipio de Pastrana con motivo de la  participación y fomento de las Fiestas en Desfile de disfraces y carrozas.

Área

CULTURA / FESTEJOS

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociaciones de Pastrana

Objetivos y efectos que se

pretende con su aplicación.

Dinamización de las fiestas de Pastrana mediante la participación y realización

de actividades por parte de las entidades subvencionadas. Desfile de disfraces y carrozas.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

6.000,00 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

338 48908

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Trasferencia directa

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.

 

Línea de subvención

Deportes

Denominación de la

convocatoria

Subvenciones a entidades deportivas y clubes

Área

DEPORTES

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Entidades deportivas y clubes

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

Impulsar el desarrollo de los diferentes proyectos deportivos de los clubes y entidades, fomentando el deporte, la actividad física y el asociacionismo

deportivo local

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

7500 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

341 48909

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Trasferencia directa.

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

.

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Actividades festivas-culturales

Denominación

SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA

Área

CULTURA

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociaciones culturales de Pastrana.

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

Impulsar actividades culturales, festivas y tradicionales durante el año, especialmente aquellas fiestas populares y eventos de interés provincial o regional.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

9000 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

920 45000

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Transferencia

 

Convenio

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

 

Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Residentes Residencia Príncipe de Éboli

Denominación

SUBVENCIÓN A RESIDENTES DE LA RESIDENCIA PRÍNCESA DE ÉBOLI

Área

Bienestar Social

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Personas residentes en la Residencia de Mayores Príncipe de Éboli. Empadronados en Pastrana.

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

 

Ayudar a los usuarios de la residencia de mayores.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

6000 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

920 48901

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

 

.

 

50 €/Mensual

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.

 

 

Línea de subvención

EDUCACIÓN

Denominación

SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA

Área

Cultura

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociación banda de música de Pastrana.

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

Promover y difundir el patrimonio musical, tanto tradicional como clásico, así como conservar la tradición en sus actuaciones vinculadas a fiestas populares y eventos, algunos de ellos, de interés provincial o regional.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

9700 €

 

Fondos propios

Aplicación presupuestaria

23102 48901

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Calendario.

 

 

Transferencia directa

 

Durante el año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Actividades culturales, sociales y de ocio

 

Denominación de la convocatoria

Subvención para la dinamización y promoción de festivales populares

Área

Cultura, turismo

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociación Damas y Caballeros de Pastrana

Objetivos Estratégico Específico y efectos que se pretende con su

aplicación.

Impulsar actividades para el desarrollo y celebración de fiestas populares y eventos, algunos de ellos, de interés provincial o regional.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

300 €

 

Convenio Naturgy Generación, S.L.U.

Aplicación presupuestaria

23102 48902

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Transferencia directa.

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Fecha preferente: 3º semestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Educación

Denominación de la

convocatoria

ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES

Área

EDUCACIÓN

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

 Asociación de Padres y Madres de Alumnos del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín”

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

 

Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo.

Plazo

Anual

Costes y financiación

300 €

Convenio Naturgy Generación, S.L.U

Aplicación presupuestaria

 

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Transferencia directa.

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Educación

Denominación de la

convocatoria

ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES

Área

EDUCACIÓN

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociación de Padres y Madres de Alumnos del Colegio Público “Duques de Pastrana”

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

 

Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo.

Plazo

Anual

Costes y financiación

300 €

Convenio Naturgy Generación, S.L.U

Aplicación presupuestaria

 

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Trasferencia directa.

 

Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

 

Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

Actividades festivas-culturales

Denominación

SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA

Área

CULTURA

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Asociaciones culturales de Pastrana.

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

Impulsar actividades culturales, festivas y tradicionales durante el año, especialmente aquellas fiestas populares y eventos de interés provincial o regional.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

4900 €

 

Convenio Naturgy Generación, S.L.U

Aplicación presupuestaria

920 45000

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Transferencia

 

Convenio

Fecha preferente: 3er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

-Indicadores.

 

Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.

 

 

Línea de subvención

CULTURA-TURISMO

Denominación

SUBVENCIÓN A LAS HERMANAS CONCEPCIONISTAS DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ

Área

CULTURA-TURISMO

Sectores a los que se

dirigen las ayudas

Entidades religiosas de Pastrana.

Objetivos y efectos que se pretende con su

aplicación.

Impulsar el mantenimiento de uno de los edificios más destacados del municipio fomentando las visitas turísticas en su iglesia.

Plazo

Anual

 

 

Costes y financiación

300 €

 

Convenio Naturgy Generación, S.L.U

Aplicación presupuestaria

920 45000

Plan de acción:

- Mecanismo para la puesta en marcha.

-Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9

de LGS).

-Calendario.

 

Transferencia

 

Convenio

Fecha preferente: 1er trimestre del año

Evaluación:

-Sistema de seguimiento.

.

Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.

 

 

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pastrana, a 5 de diciembre de  2022, El Alcalde Luis Fernando Abril Urmente.-

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Pastrana
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