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Viernes, 09 Diciembre 2022 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 8/2022 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR , EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA

3830

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 8/2022 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR , EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA
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AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA


3830

Acuerdo del Pleno de fecha 9/11/2022 del Ayuntamiento de Almonacid de Zorita celebrado en Sesión Extraordinaria 5/2022 por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 8/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

134

21900

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. Seguridad y movilidad ciudadana. Movilidad urbana. Reparaciones, mantenimiento y conservación.

700

164,30

864,30

135

210

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.

Protección civil.

Reparaciones, mantenimiento yconservación.

600

588,12

1188,12

135

221

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.

Protección civil. Material , suministros y otros. Energía Eléctrica.

850

500

1350,00

1621

22100

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. Recogida , Gestión y tratamiento de  residuos.  Material , suministros y otros. Suministros. Energía Eléctrica.

2.000

1.600

3.600,00

163

22103

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. Limpieza viaria. Material, suministros y otros. Combustibles y carburantes.

10.500

9.000

19.500,00

163

22199

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. Limpieza viaria. Material, suministros y otros. Energía Eléctrica.

40.000

10.000

50.000,00

165

221

SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS. Alumbrado Público. Material, suministros y otros. Energía eléctrica

34.000

20.000

54.000,00

338

22799

PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE. Cultura. Fiestas populares y festejos.

Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

173.000

20.000

193.000,00

943

46100

ACTUACIONES DE CARÁCTER GENERAL. Transferencias a otras administraciones públicas. Transferencias a otras Entidades Locales. A Diputaciones, Consejos o Cabildos insulares.

78.300

5.116,53

83.416,53

 

 

 

TOTAL

79.968,95

 

 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 

 

87

REMANENTE DE TESORERÍA

79.968,95

 

 

 

TOTAL INGRESOS

79.968,95

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Almonacid de Zorita a 5 de Diciembre de 2022. La Sra. Alcaldesa Presidenta Dª Beatriz Sánchez de la Cruz.

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