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Lunes, 05 Diciembre 2022 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1/2022

3796

aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 1/2022 suplemento de créditos por nuevos y mayores ingresos
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AYUNTAMIENTO DE ILLANA


3796

Aprobado definitivamente el expediente de 1/2022 de modificación de créditos, financiado con cargo a nuevos ingresos, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en conceptos de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

450 

61902

 Otros gastos diversos

1.000,00 € 

130.224,05 € 

131.224,05 € 

 

 

TOTAL

1.000,00 € 

130.224,05 € 

131.224,05 € 

Esta modificación se financia con cargo a nuevos ingresos, en los siguientes términos:

a)    En el caso de nuevos ingresos:

Suplementos en concepto  de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Presupuestado

Subvención concedida

Cap.

Art.

Conc.

42 

001 

Otras transferencias 

100,00 €

71.316,52 € 

4

46 

De Diputaciones, 

13.500,00 €

58.907,53 € 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

13.600,00 €

130.224,05 € 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Illana, a 1 de diciembre de 2022, El Alcalde, Fdo: Francisco Javier Pérez del Saz

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