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Jueves, 01 Diciembre 2022 08:12

APROBACION DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS 4/2022

3751

APROBACION DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS 4/2022
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AYUNTAMIENTO DE BUSTARES


3751

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bustares de fecha 28 de noviembre de 2022 por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 4/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Transferencia de créditos Entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.

Aprobado definitivamente el expediente de Transferencia de créditos Entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Transferencia de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 161

210 

 Agua potable Mantenimiento

2.000,00 

100,00

2.100,00 

161

221.00 

Agua Potable energía eléctrica  

400,00 

 100,00 

500,00 

165

221.00 

 Energía eléctrica

Alumbrado Pub.

2.200,00 

 1.600.00 

3.800,00 

312

221.00

Energía Eléctrica

Consul. Médico

250,00

200,00

450,00

920

221.00

Energía Eléctrica

Admón Gral.

550,00

100,00

650,00

920

224.00

Primas Seguros

2.100,00

200,00

2.300,00

920

221.99

Otros Suministros

1.800,00

200,00

2.000,00

 

 

TOTAL

 9.300,00 

2.500,00 

11.800,00 

Bajas en Aplicaciones de Gastos 

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Transferencia de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 1522

632

 Inversiones

Edificios

43.000,00 

 1.000,00

42.000,00 

454

609 

Inversiones

Infraestructuras 

17.000,00 

  1.500.00 

15.500,00 

 

 

TOTAL

60.000,00 

  2.500,00 

57.500,00 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Bustares, a 28 de noviembre de 2022. La Alcaldesa, Dña. Inés Garrido Garrido

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