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Jueves, 24 Noviembre 2022 08:11

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO

3651

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 6/2022, EN LAS MODALIDADES DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO Y CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON CARGO A NUEVOS INGRESOS
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AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRÉS DEL REY


3651

Al no haberse presentado reclamaciones durante el período de información pública, queda elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno de esta Entidad de fecha 30 de septiembre de 2022, por el que se aprueba el expediente  de modificación de créditos n.º 6/2022, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos,  lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

 

Altas en el Presupuesto de Gastos

A) Crédito Extraordinario

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Modif,

Créditos
finales

Progr.

Eco,

920

626

Admón. General. Inversión nueva asociada  al funcionamiento operativo de los servicios. Equipos para procesos de información

0,00

 

2.370

2.370

337

632

Instalaciones de ocupación del tiempo libre. Inversión de reposición asociada al funcionameinto operativo de los servicios. Edificios y otras construcciones

0,00

 

 

55.975

55.975

 

 

TOTAL

0,00

58.345

58.345

B) Suplemento de Créditos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Modif,

Créditos
finales

Progr.

Eco,

920

625

Admón. General. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de lo servicios. Mobiliario

1.572

 

1.105

2.677

338

226

Fiestas populares y festejos. Gastos Diversos

923,20

13.410

14.333,20

 

 

TOTAL

2.495,20

14.515

17.010,20

Altas en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Presupuestado

Recaudado

Cap.

Art.

Conc.

2

29

290

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

1.965

689.993,72

 

 

 

TOTAL INGRESOS

1.965

689.993,72

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En San Andrés del Rey, a 17 de Noviembre de 2022. Fdo.: Arturo Medel Sanz, Alcalde Presidente

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