Imprimir esta página
imagen no encontrada
Martes, 22 Noviembre 2022 08:11

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO NÚM. 15/2022

3618

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 15/2022
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ALOVERA


3618

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 26 de septiembre de 2022, acordó aprobar inicialmente el Expediente 15/2022 de Modificación de Créditos en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al Remanente de Tesorería, ordenando una información pública durante quince días, lo que se realizó mediante anuncio en el Tablón de la Sede Electrónica y Boletín Oficial de la Provincia núm. 205 de 27 de octubre de 2022, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo sin presentarse ninguna reclamación, quedará automática y definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo, publicándose la parte dispositiva del acuerdo.

Finalizado el plazo establecido de quince días, no se ha presentado ninguna reclamación.

Aprobado definitivamente el Expediente 15/2022 de Modificación de Créditos, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente de Tesorería, de conformidad con los artículos 169.3 y 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el contenido íntegro de la parte dispositiva del acuerdo definitivo:

“PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 15/2022, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al Remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente detalle: 

Aplicación

Descripción conforme a la Orden 3565/2008

Descripción 2

Créditos totales antes de modificación

Crédito extraordinario

337

22799

Instalaciones de ocupación del tiempo libre. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

Actividades para juventud (50%) y centro DIA (50%)

10.000,00€

60.000,00€

231

22799

Asistencia social primeria. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

Proyecto de boxeo

255.674,51€

15.000,00€

341

22799

Promoción y fomento del deporte. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

Actividades deportes

0,00€

20.000,00€

320

22799

Administración General de Educación.

Educación

0,00€

30.000,00€

338

22799

Fiestas populares y festejos. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

Actividades navidad

318.000,00€

40.000,00€

332

22799

Bibliotecas y archivos. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

Actividades biblioteca

20.000,00€

15.000,00€

TOTAL

0,00

180.000,00€

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería, en los siguientes términos:  

Estado de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

Subconc.

8

87

870

870.00

Remanente de tesorería para gastos generales (RTGG)

180.000€

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

180.000,00€

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, por quince días, durante los cuales los interesados pondrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Alovera, a 18 de noviembre de 2022. La Alcaldesa, Mª Purificación Tortuero Pliego

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Alovera
Visto 118 veces