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Jueves, 10 Noviembre 2022 08:11

APROBACIÓN DE CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2023

3478

APROBACION DE CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2023.
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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


3478

Fecha: 2 de noviembre de 2022

Expediente: 1380/2022

Asunto: APROBACION CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2023

DECRETO DE ALCALDÍA

Vista la propuesta de Tesorería sobre aprobación del Calendario Fiscal del ejercicio 2023, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio en los términos que se exponen a continuación:

PRIMERO:

Tributos de periodicidad anual. -
Impuesto Vehículos Tracción Mecánica: del 03/04/2023 al 05/06/2023
Impuesto Bienes Inmuebles de naturaleza urbana: del 03/05/2023 al 10/08/2023
Impuesto Bienes Inmuebles de naturaleza rústica: del 03/05/2023 al 10/08/2023
Impuesto Bienes Inmuebles de características especiales: del 03/05/2023 al 10/08/2023
Impuesto Actividades Económicas: del 15/09/2023 al 15/11/2023
Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y Reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo (vado): del 03/10/2023 al 05/12/2023

Tributos de periodicidad semestral. –
Tasa servicio de recogida de basuras 3er. Cuatrimestre del ejercicio 2022: de 03/01/2023 al 10/03/2023
Tasa servicio de recogida de basuras 1er. Cuatrimestre del ejercicio 2023: del 02/05/2023 al 11/07/2023

Tasa servicio de recogida de basuras 2do. Cuatrimestre del ejercicio 2023: del 01/09/2023 al 10/11/2023

Tasa suministro de agua 2º semestre del ejercicio 2022: del 01/03/2023 al 10/05/2023
Tasa suministro de agua 1º. Semestre del ejercicio 2023: del 03/10/2023 al 05/12/2023

Servicio Especial de Pagos (SEP).
1º Plazo. 6 de Marzo
2º Plazo. 5 de Abril
3º Plazo. 5 de Mayo
4º Plazo. 5 de Junio
5º Plazo. 5 de Julio
6º Plazo. 7 de Agosto
7º Plazo. 5 de Septiembre
8º Plazo. 5 de Octubre
9º Plazo. 6 de Noviembre

 

SEGUNDO: Los padrones fiscales referidos a los tributos que se han relacionado quedarán expuestos al público en las Oficinas Municipales, Pza. de la Constitución, 1, 19290 – Fontanar (Guadalajara) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, QUINCE (15) DÍAS antes que se inicien los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.

El pago se podrá efectuar:

  1. Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente, en cualquiera de las oficinas de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en los recibos del tributo: CAIXABANK o EUROCAJA RURAL.
  2. En la Oficina Municipal de Recaudación, sita en Pza. de la Constitución, 1, 19290 – Fontanar, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas mediante pago con tarjeta.
  3. De forma telemática a través de Internet en la página web https://pagotributos.fontanar.es/
  4. Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente.

TERCERO: Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario señalado anteriormente, se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.

 

CUARTO: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se publica Edicto para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.

Por el presente,

RESUELVO

PRIMERO-. Aprobar el Calendario Fiscal de los tributos municipales de devengo
periódico y notificación colectiva para el ejercicio 2023.

SEGUNDO-. Someter dicho calendario a información pública con publicación en el Boletín Oficial de Guadalajara y tablón de Anuncios del Ayuntamiento y a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://fontanar.sedelectronica.es.

TERCERO. - Proceder a la ratificación de esta Resolución de Alcaldía por parte del Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.

En Fontanar, a 8 de noviembre de 2022. El Alcalde. Victor San Vidal Martinez

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