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Miércoles, 09 Noviembre 2022 08:11

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE 1484/2022, DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS (CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚM. 5/2022)

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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE 1484/2022, DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS (CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚM. 5/2022)
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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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No habiéndose presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en Sesión Ordinaria celebrada el día 4 de octubre de 2022, relativo a la aprobación inicial del Expediente número 1484/2022, de modificación de créditos del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Marchamalo para el ejercicio 2022 en la modalidad de crédito extraordinario (5/2022) financiado con cargo a nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente, queda automáticamente elevado a definitivo el referido Acuerdo.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.3 por remisión del 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se hace público como sigue a continuación:

            Altas de crédito - aplicaciones de gastos:

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN DE LAS APLICACIONES

CRÉDITO EXTRA

3420

63206

MEJORAS PISCINA DE VERANO

300.000,00 €

 

 

 TOTAL

300.000,00 €

Dichos gastos se financian con cargo a nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente, de acuerdo con el siguiente detalle:

Aplicación 

N.º 

Descripción 

EUROS 

Económica 

 

 

 

Cap. Art. Concepto 

 

 

 

603

2

Enajenación parcela solar

300.000,00

 

 

TOTAL INGRESOS 

300.000,00

Contra dicho Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Marchamalo, a 7 de noviembre de 2022. Firmado por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría

 

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