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Viernes, 07 Octubre 2022 08:10

ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 18/08/2022, DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA, POR LA QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ENCIERROS POR EL CAMPO Y URBANOS DE TORIJA Y REBOLLOSA DE HITA

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ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 18/08/2022, DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA, POR LA QUE SE APRUEBA DEFINITIVAMENTE EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ENCIERROS POR EL CAMPO Y URBANOS DE TORIJA Y REBOLLOSA DE HITA
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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza municipal reguladora de los encierros por el campo y urbanos de Torija y Rebollosa de Hita, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

 

“ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS POPULARES: ENCIERROS Y SUELTAS DE RESES BRAVAS POR EL CAMPO Y POR RECINTOS URBANOS DE TORIJA Y REBOLLOSA DE HITA

Capítulo I. Disposiciones generales.

Artículo 1. Objetivo.

La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los encierros o sueltas de reses bravas que se realizan durante el año en las distintas fiestas y ferias de Torija y  Rebollosa de Hita, según el Decreto 38/2013, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los festejos taurinos populares de Castilla-La Mancha, modificado por Decreto 73/2014, de 1 de agosto y por Decreto 60/2016 de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los festejos taurinos populares de Castilla-La Mancha.

 

Capítulo II. Planes de Encierros.

Artículo 2. Contenido.

RECINTO URBANO N º 1 TORIJA

Zona de inicio: Plaza de Toros situada en el paraje del Tejar.

Polígono 508 Parcela 34 LAS ABEJAS 19331A508000340000SM 

Zona de suelta: Plaza de Toros y paraje del Tejar. La zona estará delimitada por vallas de seguridad en la avenida de la Constitución, camino El Tejar hasta calle Atanzón y parte posterior en paralelo a la calle Compositor Jesús Villa Rojo.

Polígono 508 Parcela 33 EL TEJAR 19331A508000330000SF
Polígono 508 Parcela 31 EL TEJAR 19331A508000310000SL  
Polígono 508 Parcela 32 EL TEJAR 19331A508000310000SL  

Zona de finalización: Después del desarrollo del evento las reses se conducirán a la zona de inicio.

Zona de seguridad: La zona de seguridad del recorrido se establece por fuera del vallado de seguridad.

Zona de espectadores: Las gradas de la Plaza de Toros, y fuera del vallado de seguridad en la avenida de la Constitución, camino El Tejar hasta calle Atanzón y parte posterior en paralelo a la calle Compositor Jesús Villa Rojo.

RECINTO URBANO N º 2 TORIJA

Zona de inicio: C/ Camino de Caspueñas

Zona de suelta: Calle Camilo José Cela (Carretera a Masegoso), C/ Puerta del Sol, C/ General Aldeanueva, C/ De la Fuente, C/ José María Alonso Gamo, Plaza de la Iglesia y C/ Padín. La zona estará delimitada por vallas de seguridad.

Zona de finalización: Después del desarrollo del evento las reses se conducirán a la zona de inicio, C/ Camino de Caspueñas.

Zona de seguridad: La zona de seguridad del recorrido se establece por fuera del vallado de seguridad

Zona de espectadores: La zona de espectadores del recorrido se establece por fuera del vallado de seguridad

RECINTO URBANO  N º 3 REBOLLOSA DE HITA

Zona de inicio: Toriles portátiles ubicados en el callejón que une la Plaza Mayor con Calle de la Fuente.

 Zona de suelta: Plaza Mayor, plaza de la Acacia, calle Honda, C/ Julián Felipe, C/ de En Medio y C/ Mayor.  La zona estará delimitada por vallas de seguridad.

Zona de finalización: Después del desarrollo del evento las reses se conducirán a la zona de inicio, callejón que une la Plaza Mayor con calle de la Fuente.

Zona de seguridad: La zona de seguridad del recorrido se establece por fuera del vallado de seguridad

Zona de espectadores: La zona de espectadores del recorrido se establece por fuera del vallado de seguridad.

RECINTO POR EL CAMPO TORIJA

UBICACIÓN DE LAS ZONAS DE INICIO, SUELTA, ESPECTADORES Y FINALIZACIÓN

Zona de inicio.- Serán los corrales de la Plaza de Toros situada en el paraje del Tejar que reúnen las condiciones de seguridad y solidez necesarias para el desarrollo del festejo.

Zona de suelta.
En recinto urbano transcurrirán por las siguientes zonas:  La zona de suelta la componen el ruedo de la plaza de toros del paraje del Tejar, y las parcelas anexas: 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 87 y 88.

Zona de espectadores.- Serán las gradas de la Plaza de Toros, la parte posterior de las talanqueras instaladas en la Avenida de la Constitución, y en el camino El Tejar que por su naturaleza accidentada hace imposible el acceso de las reses

Zona de finalización.- Después del desarrollo del evento las reses se conducirán a la zona de inicio.

ITINERARIO

Tras el lanzamiento del tercer cohete las reses saldrán al ruedo de la plaza de toros directamente a la parcela 46, siendo conducidas por los caballistas hasta llegar a la zona de suelta indicada para el disfrute de los participantes. A la orden del presidente/a del festejo se realizará el camino inverso hasta dejarlas cerradas en la zona de finalización.

NÚMERO MÍNIMO DE CABALLISTAS ENCARGADOS DE LA CONDUCCIÓN DE LAS RESES DE UNA A OTRA ZONA DEL ENCIERRO

El número mínimo de caballistas queda fijado en seis.

NÚMERO MÍNIMO DE VEHÍCULOS PREVISTOS POR LA ORGANIZACIÓN PARA COLABORAR EN LA CELEBRACIÓN DEL FESTEJO

El número mínimo de vehículos previstos para este fin se fija en DIEZ.

SERVICIOS ESPECÍFICOS DE CONTROL DE LOS QUE DISPONDRÁ EL ORGANIZADOR PARA TRANQUILIZAR O INMOVILIZAR A LAS RESES ANTE EL EVENTUAL RIESGO DE QUE ABANDONEN LA ZONA DE SUELTA, SE PRODUZCAN SITUACIONES DE ESPECIAL RIESGO O CUANDO LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS RESES LO EXIJA.

La conducción de las reses se realizará por la zona prevista de recorrido, en caso de pasar de esta zona a la zona de seguridad, se tratará de reencaminar hacia la zona prevista y, en caso que las reses bravas traten de abandonar esa zona, la organización contará con los servicios específicos de control para tranquilizar e inmovilizar a la res con un disparo adormecedor. Para este fin se dispondrá un vehículo de seguridad con persona con formación suficiente para este propósito o el director de lidia.

DURACIÓN DEL ENCIERRO

La hora de comienzo del evento se comunicará con antelación suficiente y con el lanzamiento del tercero de tres cohetes.

La duración máxima del evento vendrá dispuesta por el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha, vigente. Y a la finalización del mismo se lanzará un cohete.

Si transcurrido el tiempo máximo no hubiera concluido el evento se procederá como si las reses se hubieran salido de la zona de suelta.

RECINTO POR EL CAMPO REBOLLOSA DE HITA

UBICACIÓN ZONAS DE INICIO, SUELTA, ESPECTADORES Y FINALIZACION

Zona de inicio: Los corrales quedan ubicados en la Plaza de Toros en el paraje denominado El Pozuelo, allí las reses podrán ser contempladas, quedando prohibido el molestar, citar, hostigar o arrojar objetos que puedan inquietarlas.

1 636 HORTERUELOS 19331B001006360000UY

Zona de suelta: En la zona de suelta de las reses son: El Olmar y el camino Tiro Barra, al no pasar por carreteras, no se prevé camino alternativo para vehículos.

Transcurso Encierro        
  3 421 OLMAR 19331B003004210000US
  3 420 OLMAR 19331B003004200000UE
  3 419 OLMAR 19331B003004190000UZ
  3 418 OLMAR 19331B003004180000US
  3 417 OLMAR 19331B003004170000UE
  3 416 OLMAR 19331B003004160000UJ
  3 415 OLMAR 19331B003004150000UI
  3 414 OLMAR 19331B003004140000UX
  3 413 OLMAR 19331B003004130000UD
  3 412 OLMAR 19331B003004120000UR
  3 411 OLMAR 19331B003004110000UK
  3 410 OLMAR 19331B003004100000UO
  3 409 OLMAR 19331B003004090000UR
  3 408 OLMAR 19331B003004080000UK
  3 407 OLMAR 19331B003004070000UO
  3 406 OLMAR 19331B003004060000UM

Zona de espectadores: Las gradas de la Plaza de Toros hechas de obra que por su ubicación e inclinación imposibilitan el acceso de las reses, parte posterior de la Calle de las Eras hasta la Plaza de la Solanilla que por la barbacana de piedra existente de aproximadamente 1,80 metros mas el terraplén y el vallado de las parcelas existentes hacen imposible el acceso de las reses a dichos lugares.

Zona de finalización: Los corrales de la Plaza de Toros. Coincide con la zona de inicio.

ITINERARIO DEL ENCIERRO

Tras el lanzamiento del tercer cohete, las reses saldrán de los corrales ubicados en la zona de inicio, toman el camino de El Cañizar y entran directamente en la zona de suelta para el disfrute de los participantes. Una vez que la presidencia lo ordene las reses serán reconducidas nuevamente por los caballistas en sentido inverso hasta dejarlas cerradas en la zona de finalización.

NUMERO MÍNIMO DE CABALLISTAS ENCARGADOS DE LA CONDUCCIÓN DE LAS RESES DE UNA A OTRA ZONA DEL ENCIERRO.

El número mínimo de caballistas será de seis

NUMERO MÍNIMO DE VEHÍCULOS PREVISTOS POR LA ORGANIZACIÓN PARA COLABORAR EN LA CELEBRACIÓN DEL ENCIERRO.

El número de vehículos de los que dispondrá la organización será como mínimo de diez, que se encargarán del refugio de los participantes así como de colaborar en el buen desarrollo del festejo siguiendo las instrucciones encomendadas tanto por el organizador del festejo como del presidente del mismo

SERVICIOS ESPECÍFICOS DE CONTROL DE LOS QUE DISPONDRÁ EL ORGANIZADOR PARA TRANQUILIZAR O INMOVILIZAR A LAS RESES ANTE UN EVENTUAL RIESGO DE QUE ABANDONEN LA ZONA DE SUELTA, SE PRODUZCAN SITUACIONES DE ESPECIAL RIESGO O CUANDO LA INTREGRIDAD FÍSICA DELAS RESES LO EXIJA.

La conducción de las reses se realizará por la zona prevista de recorrido, en caso de pasar de esta zona a la zona de seguridad, se tratará de reencaminar hacia la zona prevista y, en caso que las reses bravas traten de abandonar esa zona, la organización  contará con los servicios específicos de control para  tranquilizar e inmovilizar a la res  con un disparo adormecedor, ante el eventual riesgo de que abandonen la zona de suelta, se produzcan situaciones de especial riesgo o cuando la integridad física de la reses lo exija. Para este fin se dispondrá un vehículo de seguridad con persona con formación suficiente para este propósito o el director de lidia.

DURACION DEL FESTEJO.

La hora de comienzo del evento se comunicará con antelación suficiente y con el lanzamiento del tercero de tres cohetes.

La duración máxima del evento vendrá dispuesta por el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha, vigente. A la finalización del mismo se lanzará un cohete.

Si transcurrido el tiempo máximo no hubiera concluido el evento se procederá como si las reses se hubieran salido de la zona de suelta.

 

Artículo 3. Horario.

La hora de comienzo del evento se comunicará con antelación suficiente y con el lanzamiento del tercero de tres cohetes.

La duración máxima del evento vendrá dispuesta por el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha, vigente. A la finalización del mismo se lanzará un cohete.

Si transcurrido el tiempo máximo no hubiera concluido el evento se procederá como si las reses se hubieran salido de la zona de suelta.

 

Artículo 4. Carreteras afectadas.

No existen carreteras afectadas, no obstante, si accidentalmente se viera afectada la circulación por alguna carretera circundante, la organización establecerá desvíos alternativos.

Capítulo III. Organización y participantes.

Artículo 5. Misión de los organizadores.

Los organizadores deberán conducir las reses desde la zona de suelta hasta la zona de desarrollo y, por último, hasta la zona de finalización, según el recorrido previsto.

Por otro lado, ningún vehículo o caballista participante podrá encontrarse a una distancia inferior a doscientos metros de las reses, constituyendo su incumplimiento una infracción en la que incurre el propio participante bajo su responsabilidad, lo cual llevará aparejada la correspondiente sanción aplicable.

 

Artículo 6. Participantes.

Podrán participar en el festejo todas aquellas personas que voluntariamente lo deseen y se encuentren en plenas facultades físicas o psíquicas que permitan su asistencia.

No podrá participar menores de 16 años, así como los que presenten síntomas de embriaguez o de intoxicación de cualquier tipo de sustancia estupefaciente o de enajenación mental.

Los participantes deberán hacerlo a pie y sin acercarse a menos de 200 metros de la manada fuera del casco urbano.

Los participantes deberán seguir en todo momento las indicaciones que haga la Organización, asumiendo voluntariamente el riesgo. Por lo que la Organización declina cualquier responsabilidad por correr el festejo.

 

Artículo 7. Otras personas afectadas.

Existirá un número de teléfono a disposición de cualquier persona que urgentemente tenga que desplazarse a la zona de desarrollo. Mediante este teléfono, a su vez, se podrá comunicar con los vehículos de la Organización para atender éstas u otras eventualidades.

 

Capítulo IV. Prohibiciones.

Artículo 8. Prohibición de circular.

Queda prohibida la circulación, parada y estacionamiento, en todo el recorrido del encierro de las reses, a todo vehículo de motor, durante la celebración del mismo, a excepción de los designados por el presidente/a.

En todo caso, los vehículos autorizados deberán mantener la mayor parte de las plazas disponibles vacías y portar un distintivo acreditativo que les será facilitado por la Organización del festejo con anterioridad al inicio del mismo.

 

DISPOSICIÓN DEROGATORIA: Queda derogada la ordenanza reguladora vigente (BOP nº 207 de fecha 02/11/2020).

 

DISPOSICIÓN FINAL. Esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.”

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Torija a 4 de octubre de 2022. Firmado el Alcalde D. Rubén García Ortega

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