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Jueves, 01 Septiembre 2022 08:09

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

2839

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFCACIÓN DE CRÉDITOS 7/2022, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO
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AYUNTAMIENTO DE CHILLARON DEL REY


2839

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado mediante  bajas de créditos de otras aplicaciones, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Suplemento

de Crédito

Créditos

 finales

Progr.

Econ.

 

 

 

 

1532

619

Pavimentación de vías públicas. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

16.576,07

10.042,08

26.618,15

 

Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos

iniciales

Bajas o

anulaciones

Créditos

finales

Progr.

Econ

 

 

 

 

1532

210

Pavimentación de vías públicas.  Reparaciones, mantenimiento, conservación. Infraestructura y bienes naturales

2.000

1.999

1

160

227

Alcantarillado. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

3.000

2.999

1

161

214

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Reparación, mantenimiento y conservación. Elementos de transporte

350

282,08

67,92

337

622

Instalaciones de ocupación del tiempo libre. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de lo servicios

13.455,26

2.093

11.362,26

342

130

Instalaciones deportivas. Personal laboral fijo

950

950

0,00

342

131

Instalaciones deportivas. Personal laboral temporal

950

950

0,00

342

160

Instalaciones deportivas. Cuotas a la Seguridad Social

769

769

0,00

 

 

TOTAL

 

10.042,08

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Chillarón del Rey, a 30 de Agosto de 2022. Fdo.: María Isabel Díaz Fernández, Alcaldesa

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