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Miércoles, 10 Agosto 2022 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA FISCAL INSTALACIONES DEPORTIVAS, PISTA DE PADEL

2676

Aprobación definitiva
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AYUNTAMIENTO DE ALCOCER


2676

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de intalaciones deportivas, pista de padel cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«“ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria:

  • Tasa 1€ a la hora de reservar la pista a través de una aplicación informática habilitada al efecto.
  • Tasa 1€ por el gasto y coste de luz a través del sistema de reloj instalado en la propia pista, en el caso de que sea usada la luz artificial.

ARTÍCULO 6. Normas de uso

Reserva de pistas:

Los turnos de reserva de la pista serán en franjas de UNA hora, pudiéndose reservar como máximo por un mismo jugador dos horas seguidas. Una vez concluido el tiempo de reserva de juego, los jugadores deberán abandonar la pista y recoger todas sus pertenecías.

La reserva de pista disponible se realizará a través de aplicación informática que se establecerá al efecto.

El Ayuntamiento podrá desarrollar diversas actividades de Padel, tales como torneos, cursos, competiciones, eventos, etc., por lo que el sistema de reservas quedaría anulado o modificado hasta la conclusión de dichos eventos.

Los jugadores, en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos para realizar actividad física /deportiva. Si por motivos climatológicos u otros de fuerza mayor, ajenos a la propia instalación, no se pudiese utilizar la pista de Padel, no se devolverá el importe de la reserva y/o luz artificial”.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Alcocer a 8 de agosto de 2022. El Alcalde, Borja Castro Cervigón

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  • Municipios: Alcocer
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