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Miércoles, 27 Julio 2022 08:07

APROBACIÓN DEFINTIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTO Y PLANTILLA 2022

2506

APROBACIÓN DEFINTIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTO Y PLANTILLA 2022
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AYUNTAMIENTO DE ALMADRONES


2506

Al no haberse producido alegaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del Pleno de fecha 21 de junio de 2022, y publicado en el BOPGU no. 123, de fecha 29 de Junio de 2022, queda definitivamente aprobado el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, y de modificación de la plantilla, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación Descripción Créditos iniciales Suplemento de crédito Créditos finales
Progr. Económica        
9 120 Retribución básica 5.000,00 15.000,00 20.000,00
9 121 Retribución complementaria 32.000,00 47.000,00 79.000,00
9 130 Laboral fijo 6.703,30     300,00    703,30
9 160 Cuotas sociales 16.946,59 20.559,00 37.505,59
3 226 Gastos diversos 9.000,00 8.000,00 17.000,00
1 609 Otras inversiones nuevas (ciclo integral del agua) 85.000,00 10.000,00 95.000,00
3 632 Mejora equipamientos municipales 20.000,00 15.000,00 80.000,00
1 632 Mejoras espacios y vías públicas 50.000,00 20.000,00 70.000,00
    TOTAL   135.859,00  

Esta modificación se financia íntegramente con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en la cantidad de 135.859,00 eur.

Incremento de la plantilla en una plaza de operario de limpieza de edificios a tiempo parcial, en régimen laboral y categoría E (Agrupaciones profesionales)

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado;

En Almadrones, a 25 de julio de 2022; El Alcalde: Antonio Rebollo Moreno

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