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Viernes, 08 Julio 2022 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE 810/2022, DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS (CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚM. 3/2022)

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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE 810/2022, DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS (CRÉDITO EXTRAORDINARIO NÚM. 3/2022)
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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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No habiéndose presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en Sesión Ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2022, relativo a la aprobación inicial del Expediente número 810/2022, de modificación de créditos del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Marchamalo para el ejercicio 2022 en la modalidad de Crédito Extraordinario (3/2022) financiado con cargo al Remanente de Tesorería para Gastos Generales, queda automáticamente elevado a definitivo el referido Acuerdo.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.3 por remisión del 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se hace público como sigue a continuación:

Altas de crédito - aplicaciones de gastos:

INVERSION IMPORTE SUBVENCIÓN TOTAL INVERSIÓN PROYECTO PLAZO EJEC TIPO MODIFICACIÓN APLICACIÓN
FAROLAS MEJORA PASEO CANAL 20.000,00         CRÉDITO EXTRAORDINARIO 1650 61901
NUEVO EDIFICIO DE ASEOS Y BAR CAMPO FÚTBOL 25.000,00         CRÉDITO EXTRAORDINARIO 3420 63205
TERCERA FASE DE MEJORA ACERAS Y VIALES 150.000,00         CRÉDITO EXTRAORDINARIO 1532 63902
PANELES SOLARES ATENEO. SUBVENCION ADAC 10.805,50 29.098,50 39.904,00     CRÉDITO EXTRAORDINARIO 9200 61901

Dichos gastos se financian con cargo al Remanente Líquido de Tesorería de acuerdo con el siguiente detalle:

Aplicación presupuestaria

Denominación

Cuantía

870000

Remanente de Tesorería para Gastos Generales

205.805,50 €

Contra dicho Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Marchamalo, a 6 de julio de 2022. Firmado por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría

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