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Martes, 28 Junio 2022 08:06

MODIFICACIÓN DE CRÉDITO

2161

APROBACIÓN DEFITINIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 3/2022, EN LAS MODALIDADES DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO, FINANCIADO CON CARGO A MAYORES INGRESOS
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AYUNTAMIENTO DE SAN ANDRES DEL REY


2161

Al no haberse presentado reclamaciones durante el período de información pública, queda elevado a definitivo el Acuerdo del Pleno de esta Entidad de fecha 04 de mayo de 2022, por el que se aprueba el expediente  de modificación de créditos n.º 3/2022, en las modalidades de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos,  lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en el Presupuesto de Gastos

A) Crédito Extraordinario

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Modif,

Créditos
finales

Progr.

Eco,

1532

619

Pavimentación de vías Públicas. Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

0,00

107.363

107.363

161

213

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Reparaciones, mantenimiento y conservación, Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje

0,00

2.144

2.144

161

227

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

0,00

2.539

2.539

161

623

Abastecimiento domiciliario de agua potable. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje

0,00

20.730

20.730

161

633

Abastecimiento  domiciliario de agua potable. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillakje.

0,00

1.400

1.400

1621

227

Recogida de residuos. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

0,00

 

2.825

2.825

1621

622

Recogida de residuos. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Edificios y otras construcciones

0,00

3.376

3.376

912

226

Órganos de gobierno. Otros gastos

0,00

1.000

1.000

912

233

Órganos de gobierno. Otras indemnizaciones

0,00

900

900

912

231

Órganos de gobierno. Gastos de locomoción

0,00

900

900

920

624

Administración general. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de lo sservicios.. Elementos de transporte

0,00

21.780

21.780

920

625

Administración general. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Mobiliario

0,00

1.572

1.572

920

150

Administración General. Productividad

0,00

173

173

931

227

Política económica y fiscal. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

0,00

5.265

5.265

934

227

Gestión de la deuda y Tesorería. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

0,00

6.000

6.000

 

 

TOTAL

0,00

177.967

177.967

B) Suplemento de Créditos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Modif,

Créditos
finales

Progr.

Eco,

920

120

Administración General.  Retribuciones básicas

2.516

235

2.751

920

121

Administración General. Retribuciones complementarias

3.194

587

3.781

920

131

Administración General. Personal laboral temporal

1.512

495

2.007

920

151

Administración General. Gratificaciones

230

53

283

920

160

Administración General. Cuotas a la Seguridad Social

2.550

215

2.765

920

224

Administración General. Primas seguro

1.000

500

1.500

920

225

Administración General. Tributos

20,00

2.655

2.655

920

227

Administración General. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales

2.735,68

23.500

26.235,68

 

 

TOTAL

13.757,68

28.240

41.997,68

Altas en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Presupuestado

Recaudado

Cap.

Art.

Conc.

2

29

290

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

1.965

689.993,72

 

 

 

TOTAL INGRESOS

1.965

689.993,72

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En San Andrés del Rey, a 17 de Junio de 2022. Fdo.: Arturo Medel Sanz, Alcalde Presidente

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