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Martes, 28 Junio 2022 08:06

APERTURA DEL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL EXPEDIENTE DE LA SOLICITUD DE EXPROPIACIÓN DE LA FINCA SITUADA EN LA CALLE TORREÓN DEL ALAMÍN, 11

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Apertura del trámite de información pública en el expediente de la solicitud de expropiación de la finca situada en la Calle Torreón del Alamín, 11.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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A los efectos prevenidos en los artículos 18 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa en materia de acuerdo de expropiación y necesidad de ocupación, se hace constar que la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara, en sesión ordinaria celebrada el 24 de mayo de 2021, adopta el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva se transcribe:

«5.- EXPEDIENTE 13084/2021. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE EXPROPIATORIO DE LA FINCA SITUADA EN LA CALLE TORREÓN DEL ALAMÍN 11.

Vista la propuesta de la Responsable Jurídico de Urbanismo, relativa a la incoación de expediente expropiatorio del inmueble sito en la calle Torreón del Alamín, número 11, con referencia catastral número 6385304VK8968N0001JKY, finca registral número 1.291 (Registro de la Propiedad Nº2:Tomo 300, Libro 32, Folio 36), la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Incoar en esta misma fecha el expediente expropiatorio de la finca sita en la calle Torreón del Alamín, número 11, con referencia catastral número 6385304VK8968N0001JKY, finca registral número 1.291 (Registro de la Propiedad Nº2: Tomo 300, Libro 32, Folio 36), por estimarse ajustada a Derecho la solicitud de los exponentes.

Segundo.- La declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de la finca descrita en el párrafo que precede resulta ope legis de conformidad con lo establecido por el artículo 42.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y en igual sentido, en la normativa autonómica, en el artículo 42.1.e) del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, lo que se hace constar expresamente a los efectos del artículo 21 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (en adelante LEF) y 20 y 21 del Reglamento que la desarrolla.

Tercero.- Proceder a la publicación de la presente resolución en la forma que se refiere el artículo 21 de la LEF, en relación con el artículo 18 del mismo cuerpo legal, y durante el plazo que establece el artículo 83 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los diarios de mayor circulación de la misma, así como en el tablón de anuncios municipal, para someter al trámite de información pública de veinte días la presente resolución.

Cuarto.- Trasladar a los interesados el informe técnico de valoración de la finca, suscrito el 12 de mayo de 2022 por la arquitecto municipal, que asciende a la cantidad de VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS, CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (28.689,75 €), que ha de incrementarse con el 5% de premio de afección establecido por el artículo 47 de la LEF, así como el informe jurídico que sirve de base a la presente resolución.

Quinto.- Se notifique, por los servicios administrativos de este departamento, a todas las personas propietarias y demás titulares de bienes y derechos que recaigan sobre la finca descrita en el apartado primero, con indicación de los recursos que procedan.

Sexto.- Que no habiendo sido posible localizar a los causahabientes de Dña Martina Toribio Valdominos, titular registral y parte interesada del presente procedimiento, se proceda por el departamento de Recaudación a facilitar la información que se disponga sobre el domicilio de los titulares fiscales de la finca que se detalla en el dispositivo primero de esta resolución (planta primera), a los efectos de poder notificar el presente acuerdo.

Séptimo.- Cuando intentada la notificación a la totalidad de los titulares y practicadas las publicaciones que previene la ley no comparecieran en el expediente la totalidad de los mismos, se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la vigente LEF»”

Lo que se publica a efectos de abrir el trámite de información pública durante los veinte días siguientes a su publicación.

Guadalajara, 23 de junio de 2022. El Alcalde, Alberto Rojo Blas

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