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Viernes, 17 Junio 2022 08:06

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE ESPECTÁCULOS TAURINOS POPULARES EN GALÁPAGOS PARA LA INTRODUCCIÓN DE ANEXO I PLAN DE ENCIERRO

2021

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE ESPECTÁCULOS TAURINOS POPULARES EN GALÁPAGOS PARA LA INTRODUCCIÓN DE ANEXO I PLAN DE ENCIERRO.
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AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS


2021

El Pleno del Ayuntamiento de Galápagos, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 7 de abril de 2022, acordó la aprobación inicial de la modificación puntual de la Ordenanza Reguladora de Espectaculos Taurinos Populares en Galápagos, para la introducción de Anexo I Plan de Encierro.

Transcurrido el plazo de reclamaciones y alegaciones, no habiéndose presentado ninguna, se eleva a definitiva la aprobación inicial de la modificación puntual de la Ordenanza Reguladora de Espectaculos Taurinos en Galápagos, para la introducción de Anexo I Plan de Encierro, cuyo texto es el que a continuación se detalla.

 

ORDENANZA REGULADORA DE LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS TAURINOS DEL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS.

ANEXO I : PLAN DE ENCIERRO

ZONA DE INICIO CORRALES.-

La zona de inicio estará situada en el Paraje de La Majadilla Polígono 502 parcela 89 Rústico Referencia Catastral 19149A50200090, la cual está constituida por unos corrales, hechos expresamente para el uso de encierre de reses bravas, y los mismos reúnen las condiciones de seguridad y solidez adecuadas para evitar que las reses allí encerradas puedan huir.

ZONA DE SUELTA:

La zona de suelta estará ubicada en el Paraje de La Majadilla ocupando las parcelas siguientes:

  • polígono 502 parcela 89 rùstico referencia catastral 1914A502000890000WJ
  • polígono 502 parcela 85 rústica referencia catastral 1914A502000850000WR

La zona estará debidamente señalizada para advertir a los no participantes que deben abstenerse de penetrar en ella, y se acotará de tal forma mediante elementos de madera y hierro, a fin de evitar el riesgo de que las reses las abandonen, dichas medidas estarán acompañadas de:

ZONA DE ESPECTADORES

La zona de espectadores se encuentra en el Paraje de La Majadilla, en el lado izquierdo de la zona de corrales y suelta, perfectamente delimitada fuera de la zona de suelta. Situado en la coronación de un talud, que hace de barrera natural, con cambio de cota suficiente, que por su naturaleza es de imposible acceso de las reses en condiciones normales.

Ocupa las siguientes parcelas:

  • EL LLANO Pol 502 Parc. 5080 rústico referencia catastral 19149A502050800000WU
  • Cm Alberruche Pol 502 parc. 99 rústico referencia catastral 19149A502000990000WA

ZONA DE FINALIZACION

La zona de finalización es la misma que la del inicio.

ITINERARIO:

Los pedios por los que discurre el encierro son municipales.

Tras el lanzamiento de un cohete se soltarán las reses desde los corrales situados en la zona de inicio, siendo reconducidas a través del paraje de La Majadilla en dirección a la zona de suelta, donde permanecerán las reses durante la duración del encierro. Una vez que el presidente lo ordene se conducirán las reses por los caballistas en sentido inverso hasta dejarlas cerradas en la zona de finalización.

El itinerario por el que discurrirá el encierro de reses bravas por el campo, será el que se detalla:

Zona de inicio

Se iniciará en la zona de inicio, que es coincidente con los corrales situado en el Paraje de La Majadilla Polígono 502 parcela 89 RC  19149A50200090

Zona de suelta

Se llevarán las reses a la zona de suelta situadas en el paraje de La Majadilla parcelas:

  • Polígono 502 parcela 89 rustico referencia catastral 1914A502000890000WJ
  • Polígono 502 parcela 85 rústica referencia catastral 1914A502000850000WR

Zona de finalización

Se devolverán las reses a la zona de inicio

  • Paraje de La Majadilla Polígono 502 parcela 89 RC  19149A50200090

CABALLISTAS ENCARGADOS DE LA CONDUCCIÓN DE LAS RESES DE UNA A OTRA ZONA DEL ENCIERRO:

El número de caballistas previstos para colaborar en el encierro no podrá ser inferior a SIETE.

VEHÍCULOS PREVISTOS PARA COLABORAR EN EL ENCIERRO.

El número de vehículos previsto para la colaborar en el encierro será de OCHO.

SERVICIOS ESPECÍFICOS DE CONTROL QUE DISPONDRÁ EL AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS A LOS EFECTOS DE TRANQUILIZAR O INMOVILIZAR A LAS RESES ANTE EL EVENTUAL RIESGO DE QUE ABANDONEN LA ZONA DE SUELTA, SE PRODUZAN SITUACIONES DE ESPECIAL RIESGO O CUANDO LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS RESES LO EXIJA.

Los mecanismos de control de las reses serán los usados tradicionalmente:

  • Los cabestros.
  • Los gañanes de la ganadería.
  • Los caballistas
  • Voluntarios adscritos a la organización.

En caso de que intenten abandonar la zona de suelta se las penalizará con un disparo adormecedor, sin dolor, o, en caso extremo se procederá al sacrificio de la res, tendiendo en todo caso que apartar a los espectadores a una distancia que se evite que presencien dicho acto.

DURACION DEL ENCIERRO.

La duración del festejo será de TRES HORAS. Si transcurridas las tres horas desde el inicio no se hubiera concluido el encierro se actuaría igual que si la res se saliese de la zona de la suelta.

La modificación de la presente Ordenanza aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 25 de abril de 2022, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación a partir del día siguiente, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales.

Galápagos, 13 de junio de 2022. El Alcalde-Presidente. Fdo: Guillermo M. Rodríguez Ruano

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