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Martes, 14 Junio 2022 08:06

APROBACIÓN DEFINITIVA MOD.CRÉDITOS NUM.1/2022

1957

APROBACIÓN DEFINITIVA MOD.CREDITOS NUM. 1/2022
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AYUNTAMIENTO DE GAJANEJOS


1957

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones  durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 16 de Marzo de 2022, sobre el expediente nº 1/2022 de modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de  crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales y que se hace público resumido por capítulos con el siguiente detalle:

ALTAS APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS

Crédito extraordinario

CAPÍTULO 

DENOMINACIÓN CAPÍTULO                                          

IMPORTE MODIFICACIÓN

VI

Inversiones reales

           23.000,00

 

 SUBTOTAL MODIFICACION

           23.000,00

 

  Suplemento de crédito

 

I

Gastos de personal

               350,00

II

Gastos en bienes corrientes y servicios

          22.900,00

 

SUBTOTAL MODIFICACION

          23.250,00

 

         TOTAL MODIFICACIÓN

          46.250,00 €

ALTAS APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE INGRESOS

CAPÍTULO

Denominación

Importe

VIII

Remanente de Tesorería para Gastos Generales

        46.250,00

 

                              Importe  Total

        46.250,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del citado Real Decreto Legislativo la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Gajanejos, a 8 de Junio de 2022.El Alcalde,Fdo.: Álvaro Vara Ruiz.

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