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Miércoles, 02 Septiembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

3092

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 15 de julio de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2015, modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Cifuentes

 

3092

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En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 15 de julio de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 5/2015, modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

943

46802

Transferencias EATIM Moranchel

14.500,00

   

TOTAL GASTOS

14.500,00

       

Anulaciones o bajas en aplicaciones de gastos

Aplicación presupuestaria

Descripción

Euros

011

35900

Comisiones por servicios bancarios

2.500,00

153

16000

Seguridad Social personal mantenimiento

7.500,00

231

13002

Retribuciones personal limpieza

500,00

231

16002

Seguridad Social personal promoción social

1.000,00

334

16003

Seguridad Social personal cultura

1.500,00

341

22121

GLP Polideportivo

500,00

912

23300

Asistencia a plenos y comisiones

500,00

920

22201

Correos y gastos postales

500,00

   

TOTAL GASTOS

14.500,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado

En Cifuentes a 25 de agosto de 2015.– El Primer Teniente de Alcalde (Delegación de funciones por Decreto 200/2015), Marco Antonio Campos Sanchís.

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