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Martes, 07 Junio 2022 08:06

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES DEL MUNICIPIO DE ALOVERA, SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES SOCIALES, CULTURALES Y DE OCIO 2022

1860

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES DEL MUNICIPIO DE ALOVERA, SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES SOCIALES, CULTURALES Y DE OCIO 2022
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AYUNTAMIENTO DE ALOVERA


1860

Texto ES: BDNS(Identif.): 631338

Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Alovera, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a las asociaciones del municipio de Alovera, sin ánimo de lucro, para la realización de actividades sociales, culturales y de ocio 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo pue de consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero.- Objeto

1. Actividades de utilidad o interés social, realizadas por asociaciones del municipio, cuya finalidad sea el impulso de la actividad cultural y artística de interés general con el fin de apoyar y difundir la cultura en sus variadas manifestaciones, así como las actividades de ocio y tiempo libre, fomentando el asociacionismo y la participación ciudadana.

El importe de la subvención será aplicable a los gastos generados directamente en la realización de las actividades para las que se concede la misma.

2. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo comprendido entre el 16 de noviembre de 2021 y el 15 de noviembre de 2022.  

En concreto, serán los derivados de las actividades realizadas por la asociación cuya finalidad sea la promoción y difusión de la cultura, actividades sociales y de ocio, así como gastos derivados de la adquisición de material para la realización de dichas actividades, además de los gastos de profesorado para aquellas asociaciones en las que sean imprescindible los mismos para su funcionamiento.

 

Segundo.- Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos

1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en la presente convocatoria, las Asociaciones del municipio de Alovera, que cumplan los requisitos de las bases reguladoras y de esta convocatoria para la realización de las actividades objeto de la subvención, siempre que:

  1. Figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones a la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes
  2. Tengan su domicilio social y fiscal en el término municipal de Alovera.
  3. Carezcan de fines de lucro.
  4. Tengan en sus estatutos, entre sus objetivos, la realización de actividades objeto de las bases reguladoras.
  5. Estén adaptadas a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  6. No estén incluidas en otras líneas de subvención del Ayuntamiento de Alovera por el mismo concepto.

Estos requisitos serán comprobados por el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento.

2. Además deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

  1. - La adecuación de la actividad propuesta a los objetivos de las bases reguladoras.
  2. - La adecuación del presupuesto al objetivo del proyecto presentado.
  3. - Coherencia del proyecto con las demás actividades de la Asociación.

Estos requisitos serán comprobados por el Ayuntamiento a partir de la documentación presentada junto a la solicitud.

3. No podrán ser beneficiarios de esta subvención las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Tercero.- Bases reguladoras

La concesión de estas subvenciones se enmarca dentro las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública de subvenciones destinadas a las asociaciones del municipio de Alovera, sin ánimo de lucro, para la realización de actividades sociales, culturales y de ocio, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2019 (BOP de Guadalajara núm. 126 de 05/07/2019), modificadas por acuerdo del Pleno en sesión de 26 de abril de 2021 (BOP Guadalajara núm. 118 de 23/06/2021).

 

Cuarto.- Cuantía de la ayuda

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán a la aplicación presupuestaria 231 48200 “Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro” cuyo importe asciende a 20.000,00 euros.

2. La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo destino, siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del importe de la actividad que se subvenciona. Serán en todo caso incompatibles con otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Alovera para el mismo fin.

 

Quinto.- Procedimiento de concesión de subvención

El procedimiento de concesión será el régimen de concurrencia competitiva mediante el cual la concesión se realiza por comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria.

La subvención será otorgada a todos los beneficiarios, que reúnan los requisitos, prorrateándose la cuantía total máxima fijada en la convocatoria dentro del crédito disponible, por orden de puntuación.

En caso de que el importe asignado a alguna de las asociaciones, según los criterios de valoración, supere el total solicitado por la misma, se adjudicará el importe solicitado, y el exceso, se volverá a repartir entre las demás asociaciones concurrentes teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas.

El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste de la actividad subvencionada.

 

Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurrido un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como página web, que tendrá lugar una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Alovera, 3 de junio de 2022. La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego

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