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Viernes, 27 Mayo 2022 08:05

APROBACIÓN MODIFICACIÓN OEP ESTABILIZACIÓN

1700

APROBACIÓN MODIFICACIÓN OEP ESTABILIZACIÓN
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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


1700

Se hace público:

Mediante Resolución de Alcaldía núm. 281 de fecha 25 de mayo de 2022 se aprobó la modificación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a la ampliación de las plazas que a continuación se reseñan:

VACANTE LABORAL 2021 (ADICIONAL)

 

GRUPO

TITULACIÓN

DENOMINACIÓN

GRUPO ASIMILADO

SUBGRUPO

ASIMILADO

VACANTES

5

Certificado de estudios primarios o equivalentes

Asistente ayuda a domicilio

OAP

Disp. Adicional 7ª EBEP

 

4

2

Grado universitario

Técnico de servicios sociales y gestión administrativa

A

A2

1

Para las plazas de estabilización ya ofertadas según Decreto núm 701 de 17 de diciembre de 2021 se rectifica el nivel de titulación exigido, quedando las plazas de ayudante con nivel de graduado escolar o equivalente, en lugar de certificado de estudios primarios o equivalente. 

* Condicionante de resolución de proceso de laboralización.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Trillo, a 25 de mayo de 2022; El Alcalde: Jorge Peña García

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