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Miércoles, 25 Mayo 2022 08:05

OFERTA EMPLEO PÚBLICO ESTABILIZACION EMPLEO TEMPORAL

1638

OFERTA EMPLEO PUBLICO ESTABILIZACION EMPLEO TEMPORAL
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AYUNTAMIENTO DE PAREJA


1638

Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan:

  • Grupo I (D.A sexta y octava Ley 20/2021

Denominación actual

Vínculo

Nº plazas

Auxiliar administrativo

Estabilización a laboral fijo

1

Limpiadora

Estabilización a laboral fijo

1

Peón

Estabilización a laboral fijo

3

Auxiliar de Hogar

Estabilización a laboral fijo

1

TOTAL

6

  • Grupo II (artículo 2.1 Ley 20/2021)

Denominación actual

Vínculo

Nº plazas

Técnico

Estabilización a laboral fijo

1

TOTAL

1

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Pareja en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente a su derecho.

En la Villa de Pareja, 23 de mayo de 2022. El Alcalde Presidente Fdo/ Fco. Javier del Río Romero

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Pareja
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