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Viernes, 20 Mayo 2022 08:05

APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL

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APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL (LEY 20/2021)
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AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE ARAGÓN


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Mediante Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Molina de Aragón, en el Diario Oficial de Castilla La Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

(…)

PRIMERO. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022, con la siguiente relación de plazas:

PERSONAL LABORAL

GRUPO DE CLASIFICACIÓN

CATEGORÍA LABORAL

VACANTES

C2

Auxiliar Biblioteca

1

C2

Auxiliar Servicios Sociales

1

E

Peón Servicios Múltiples

1

E

Personal Limpieza

5

E

Auxiliar S.A.D

7

A2

Maestro Escuela Infantil

2

C2

Auxiliar Escuela Infantil

1

B

Técnico Turismo

1

C2

Auxiliar Turismo

1

E

Peón Albañil/Servicios Múltiples

1

E

Peón Jardinero/Servicios Múltiples

1

A2

Técnico de Empleo

1

SEGUNDO. Publicar en la sede electrónica (http://molina-aragon.sedelectronica.es) y en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en el Diario Oficial de Castilla la Mancha y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, antes del 1 de junio de 2022.

TERCERO. La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá ser antes del 31 de diciembre de 2022 y su resolución antes del 31 de diciembre de 2024.

CUARTO. Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Ayuntamiento de Molina de Aragón, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Molina de Aragón, a 18 de mayo de 2022. El Alcalde Presidente, Francisco Javier Montes Moreno

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