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Lunes, 25 Abril 2022 08:04

DELEGACIÓN DE COMPETENCIA SANCIONADORA DE TRÁFICO EN LA DGT

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DELEGACIÓN DE COMPETENCIA SANCIONADORA DE TRIFICO EN LA DGT
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AYUNTAMIENTO DE CONGOSTRINA


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El Ayuntamiento de Congostrina, en Sesión Plenaria celebrada el día 9 de abril de dos mil veintidós, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

El Ayuntamiento de Congostrina, de menos de 100 habitantes, no dispone de Policía Local ni de medios suficientes para el ejercicio de determinadas competencias en el ámbito de las atribuidas por el Real Decreto Legislativo 6/2015 en materia de vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas municipales, así como para la denuncia y sanción de las infracciones que en dichas vías se cometan.

Por ello y de acuerdo con el artículo 84.2 del Real Decreto Legislativo 6/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, se aprueba por unanimidad:

Primero.- Delegar a la Jefatura provincial de Tráfico de Guadalajara las competencias sancionadoras por infracciones a normas de circulación cometidas en las vías urbanas del municipio de Congostrina en los términos contemplados en el artículo 84.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Segundo.- Remitir a la DGT de Guadalajara certificado de este acuerdo.

Tercero.- Facultar al Sr. Alcalde Presidente para la firma de los documentos necesarios para la ejecución de este acuerdo.

Congostrina a 18 de abril de 2022. El Alcalde Fdo.: Luis Alfonso Segoviano Moreno

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  • Municipios: Congostrina
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