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Jueves, 24 Marzo 2022 08:03

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO DE 2022

809

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO DE 2022
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EATIM DE BOCHONES


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Aprobado definitivamente el Presupuesto de la Eatim de Bochones para 2022, al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo de la Junta vecinal de 24 de febrero de 2022, publicado en el BOP 41 de 1 de marzo, por el que se aprobó inicialmente, y comprensivo aquel del Presupuesto General, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

15500 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

3800 €

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

500 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

3300 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

0 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

0 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

11700 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

11700 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0 €

TOTAL:

15500 €

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

15500 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

6500 €

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

0 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

0 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

1800 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

0 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

4700 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

9000 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

9000 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

15500 €

Plantilla: las funciones públicas necesarias de la eatim serán desempeñadas conforme a las disposiciones vigentes en materia de régimen local para las eatims. (DA 5 RD 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional).

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Bochoes a 22 de marzo de 2022. El Alcalde Celestino Barroso Sánchez

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