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Viernes, 14 Enero 2022 08:01

NORMA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE FOTOCOPIAS EN LA BIBLIOTECA MUNICIPAL

78

Norma reguladora del precio publico para la realización de fotocopias en la biblioteca municipal
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AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DEL REY


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo provisional del Pleno del Ayuntamiento de Torrejón del Rey, adoptado en la sesión celebrada el 14 de diciembre de 2021, sobre establecimiento y aprobación de la Norma reguladora del precio público por la realización de fotocopias en la Biblioteca Municipal, cuyo texto íntegro (Anexo I) se hace público en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Torrejón del Rey, a 12 de enero de 2021, La Alcaldesa, D.ª Isabel García Arranz.

 

Anexo I
NORMA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE FOTOCOPIAS EN LA BIBLIOTECA MUNICIPAL.

Artículo 1º.- Concepto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41 ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento establece el precio público por la realización de fotocopias en la Biblioteca Municipal “Dulcinea” de Torrejón del Rey.

Artículo 2º.- Naturaleza.

La contraprestación económica tiene naturaleza de precio público por ser la realización de una actividad objeto de la competencia de esta Entidad y no concurrir en ella ninguna de las circunstancias especificadas en la letra B) del artículo 20.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 3º.- Obligados al pago.

Están obligados al pago del presente precio público quienes soliciten y se beneficien de la actividad.

Artículo 4º.- Cuantía.

La cuantía del precio público es la siguiente:

- Unidad de fotocopia en blanco y negro tamaño DINA 4 ……….. 0,19 euros.

Artículo 5º.- Devengo.

La obligación de pago del precio público nace en el momento de la realización de la actividad.

Artículo 6. Servicio responsable.

El Servicio de Biblioteca será el responsable de llevar a cabo el control económico de los ingresos obtenidos y de su rendición al Servicio Económico-Contable.

 

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Norma, una vez aprobada, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

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