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Lunes, 10 Enero 2022 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1/2021

47

Aprobación definitiva expediente modificación de créditos 1/2021
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AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE MOHERNANDO


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SUMARIO

Aprobación definitiva del Expediente de Modificación de Créditos 01/2021

TEXTO

Al no haberse presentado reclamaciones contra el Expediente de Modificación de Créditos nº 01/2021 del Presupuesto de 2021, queda aprobado definitivamente según se indica:

 Altas en Aplicaciones de Gastos

 

DESCRIPCION

CREDITO INICIAL

AUMENTO

CREDITO DEFINITIVO

1522.619

CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. Otras inversiones de reposición

0

45.000

45.000

1522.210

CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS

1.000

3.000 

4.000

161.210

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES RED DE AGUA

1.000

5.000

6.000

920.359

GASTOS FINANCIEROS

200

200

400

 

TOTALES

2.200

53.200

              55.400

Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo [177.4/177.5] del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el artículo [36.1/36.2/36.3]   del Real Decreto 500/1990, con cargo a  remanente líquido de Tesorería y anulaciones o bajas de créditos de otras partidas de gasto del presupuesto vigente no comprometidas, de acuerdo con el siguiente detalle:

Altas en Conceptos de Ingresos

CONCEPTO

DESCRIPCION

 

8.70

REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA

27.000

Bajas en aplicaciones de gasto

APLICACIÓN 

DESCRIPCION

CREDITO INICIAL

BAJA

CREDITO DEFINITIVO

1532.609

PAVIMENTACIÓN VIAS PÚBLICAS

32.000

12.000

20.000

164.631

CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS.

8.000

7.000

1.000

920.22604

GASTOS JURÍDICOS Y CONTNCIOSOS

7.500

7.200

300

TOTAL BAJAS

47.500

26.200

21.300

El total de ingresos y bajas por transferencias en conceptos de gasto, que financiarán el aumento de gasto, asciende a 53.200 euros.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del presente.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Robledillo de Mohernando, a 29 de diciembre de 2021. El Alcalde-Presidente. Ángel Álvarez Almazán

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