Imprimir esta página
imagen no encontrada
Jueves, 30 Diciembre 2021 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA, ALCANTARILLADO Y BASURA

3917

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcoroches, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2021, por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable y alcantarillado.
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ALCOROCHES


3917

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable y alcantarillado, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

La modificación afecta al Artículo 5 (Cuota Tributaria) de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de suministro de agua potable y alcantarillado, quedando con el siguiente redactado:

« Artículo 5 Cuota tributaria.

Quedaría redactado de la siguiente manera:

Las Tarifas tendrán cuatro conceptos:

Tres fijos que se pagarán por una sola vez al comenzar a prestar el servicio o cuando se reanude después de haber sido suspendido por falta de pago u otra causa imputable al usuario, y otro periódico en función del consumo en base a las tarifas vigentes, que se regirá por las siguientes tarifas:

  • La cuota de conexión o enganche: 100,00 €.
  • Las obras de apertura de zanja y canalización desde la red general de agua potable hasta el contador de consumo de cada una de las viviendas: 200 €.
  • El contador de consumo de suministro nuevo colocado en el exterior de cada una de las viviendas: 55 €.
  • Por consumo:

Domicilios particulares, bares, restaurantes, hoteles, cafeterías e industrias:

  • Cuota de servicio o mínimo consumo: 12,02 € anuales.
  • De 0 m3 a 320 m3, por cada metro cúbico 0 €.
  • De 321 m3 a 450 m3, por cada metro cúbico 0,15 €.
  • De 451 m3 en adelante, por cada metro cúbico 0,30 €.

La lectura del contador se efectuará una vez al año, la segunda quincena de Agosto, la facturación y cobro del recibo, una vez al año.

La posterior sustitución de contadores por avería, mal uso, etc. será llevada a cabo por el Ayuntamiento repercutiendo su coste al usuario en los términos anteriormente establecidos, salvo que el usuario decida cambiarlo él, bajo supervisión del Ayuntamiento.

En el caso de las llaves de paso que hay en el exterior de la vivienda y que pertenecen al Ayuntamiento, si son manipuladas por persona ajena al Ayuntamiento, en el caso de rotura, serán sustituidas por el Ayuntamiento, repercutiendo éste el coste al titular del suministro, según importe facturado por el correspondiente profesional, salvo sustitución por parte del usuario».

En Alcoroches, a 28 de diciembre de 2021; El Alcalde-Presidente: Don José Antonio Lozano García

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, con sede en Guadalajara.

 

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Alcoroches
Visto 111 veces