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Martes, 07 Diciembre 2021 08:12

RELACIÓN DEFINITIVA DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE MOVILIDAD POR CONCURSO DE MÉRITOS

3649

Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para proveer una plaza de Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos
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AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DEL REY


3649

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 01/12/2021, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria para proveer una plaza de Policía Local, mediante el sistema de movilidad por concurso de méritos, cuyo tenor literal es el siguiente:

Relación de Aspirantes Admitidos

Nº Registro

DNI

RAFAEL MARTINEZ YELAMOS

3179

***************

IVAN SANTIAGO PIZARRO

3149

***************

 

Relación de Aspirantes Excluidos

Nº Registro

DNI

Causa

IGNACIO NIEVA SUAREZ ANDRES

 

CASTELLANOS RODRIGUEZ

1017

 

1040

*********

 

*********

Carece requisito base Tercera 3.1.a) de la convocatoria

Carece requisito base Tercera 3.1.a) de la convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Torrejón del Rey, a 01 de diciembre de 2021, La Alcaldesa,  Isabel García Arranz

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