Imprimir esta página
imagen no encontrada
Miércoles, 01 Diciembre 2021 08:12

COMPOSICIÓN TRIBUNAL PARA BOLSA DE EMPLEO SAD

3592

COMPOSICIÓN TRIBUNAL PARA BOLSA DE EMPLEO SAD
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE ARANZUEQUE


3592

 

Habiéndose aprobado, mediante Resolución de Alcaldía, nº 401/2021, de fecha 29/11/2021 la composición de los miembros integrantes del tribunal calificar en el procedimiento de selección para la constitución de una/s bolsa de trabajo en la categoría de auxiliar de ayuda a domicilio, se procede a publicar tal resolución.

Texto íntegro de la resolución de alcaldía:

“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 401/2021

Visto que con fecha de 27/10/2021 se dictó Resolución de Alcaldía nº 358/2021 conforme a la cual se convocó y aprobaron las bases de selección para la formación de bolsas de empleo de auxiliar de ayuda a domicilio.

Vistas las propuestas de miembros de tribunal realizar por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara y por la Consejería de Bienestar Social.

En virtud de la competencia que me atribuye el art. 21.1 g) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

PRIMERO: Designar como miembros del Tribunal que ha de juzgar la baremación de méritos del concurso convocado para la formación de una/s bolsa/s de empleo para la categoría de auxiliar de ayuda a domicilio a las siguientes personas para los siguientes cargos:

Miembro

Identidad

Presidente Titular

Dª Rut García López

Presidente Suplente

Dª María Cruz Gómez Soto

1º Vocal Titular

Dª María Elena García Martín

1º Vocal Suplente

Dª Isabel López de la Fuente Martínez

2º Vocal Titular

D. Manuel Álvarez García

2º Vocal Suplente

D. José Javier Ruiz Ochayta

3º Vocal Titular

Dª María Teresa Blanes Campos

3º Vocal Suplente

D. Francisco López Flórez

Secretario Titular

Dª Piedad Martín Martín

Suplente

D. José Manuel García Román

SEGUNDO. Notificar la presente resolución a los miembros designados para su conocimiento.

TERCERO. Proceder a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento de Aranzueque, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estimare  más conveniente.

A 29 de noviembre de 2021. Fdo. Alcaldesa-Presidente. Raquel Flores Sánchez

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Aranzueque
Visto 406 veces