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Jueves, 25 Noviembre 2021 08:11

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE ESTUDIO CURSO 2021/2022

3530

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE ESTUDIO CURSO 2021/2022
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AYUNTAMIENTO DE ESCARICHE


3530

RESOLUCIÓN ALCALDIA

BDNS:596081

En cumplimiento de acuerdo plenario adoptado en fecha 23 de septiembre de 2021, y conforme a la Ordenanza  reguladora de “Bases para el otorgamiento de ayudas  a realización de estudios”, publicada de forma definitiva en Boletín Oficial de la Provincia de fecha 17 de febrero de 2017, y en vigor hasta su derogación expresa, esta Alcaldía

RESUELVE:

Convocar  las Ayudas  realización de estudios en curso 2021/2022 conforme a las siguientes Bases:

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS.

Mediante la presente resolución se procede a aprobar las bases por las que se establecen ayudas para la compra de material, pago de matrícula, gastos de viaje, así como de todos aquellos gastos necesarios para la realización de estudios de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato.

Asimismo, de modo simultáneo a través de la presente resolución se efectúa la convocatoria relativa a las referidas ayudas para el curso 2021/2022.

 

SEGUNDA.- BENEFICIARIOS.

Tendrán la consideración de beneficiarios con carácter general los progenitores/tutores del estudiante si ambos se encuentran empadronados, en caso contrario será aquel que se encuentre empadronado. Si el estudiante es mayor de edad y económicamente independiente será el propio estudiante que solicite la ayuda.

 

TERCERA.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS.

Se establece una ayuda por importe máximo de 20 € por estudiante, vinculada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal para el ejercicio corriente.

En el caso de que el número de beneficiarios de las ayudas supusiese una imposibilidad para satisfacer el importe de 20 € por estudiante de conformidad con la dotación presupuestaria existente, la ayuda a cada uno de los beneficiarios se reducirá proporcionalmente para adecuarla al crédito existente en el presupuesto municipal

 

CUARTA.- REQUISITOS.

Una vez determinada la cuantía correspondiente conforme a lo establecido en la base anterior se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

4.1.- Para la concesión del 100 % de la ayuda, determinada conforme lo establecido en la base anterior, serán requisitos indispensables además los siguientes:

  1. Estar dados de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, el escolar, y ambos progenitores/tutores, salvo supuestos de viudedad, separación legal o divorcio en el que sólo se exigirá la permanencia en el padrón de uno de los progenitores.
  2. Encontrarse al corriente de pago tanto por obligaciones de derecho público como de de derecho privado del Ayuntamiento de Escariche.
  3. No haber sido beneficiario de cualquier otra ayuda de este Ayuntamiento en materia de estudio.

4.2.- Se establecen como excepción al requisito del apartado 4.1,b), el cumplimiento de alguno de los siguientes:

  1. Que ambos progenitores/tutores sean desempleados de larga duración (con los requisitos establecidos en el Real Decreto-Ley 16/2014).
  2. Que la madre del estudiante ostente la condición de víctima de violencia de género, que se acreditará mediante la aportación de la documentación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1917/2008 -B.O.E. de 10/12/2008-, sentencia condenatoria, resolución judicial, medidas cautelares, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal. (antigüedad máxima desde la notificación de la sentencia condenatoria de 24 meses).
  3. Informe actualizado emitido por los Servicios Sociales de la JCCM, de que los progenitores/tutores se encuentren en situación de riesgo de exclusión social.

 

QUINTA.- SOLICITUDES.

5.1.- Debe presentarse solicitud en modelo normalizado en las oficinas de este Ayuntamiento. A la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación (o forma alternativa de acreditación de los requisitos que se estipule en el modelo normalizado al efecto):

  • Copia compulsada de la matrícula cursada en el Organismo correspondiente u otro documento que acredite estar cursando los estudios para los que se solicita la subvención y los requisitos a acreditar.
  • Certificado de empadronamiento expedido por este Ayuntamiento del alumno y de el/los progenitor/es o tutor/es, en el que se haga constar la antigüedad mínima de 1 año, desde el momento de aprobación de la presente convocatoria.
  • Certificado de defunción, sentencia que declara la separación o el divorcio, si procede. • Certificado expedido por el Ayuntamiento de Escariche en el que se haga constar que la unidad familiar se encuentra al corriente de pago tanto de obligaciones de derecho público como de derecho privado del Ayuntamiento de Escariche.
  • En el caso de estudiantes mayores de edad copia del DNI.

5.2.- Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles, a contar desde el momento de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Escariche y publicación en BOP.

 

SEXTA.- RESOLUCIÓN.

La Alcaldía, resolverá sobre la procedencia o improcedencia de la concesión de la ayuda, dentro del plazo de un mes desde la terminación del plazo de presentación de solicitudes, procediendo al pago, si existe consignación presupuestaria.

 

SÉPTIMA.- OBLIGACIONES Y JUSTIFICACIÓN.

Los beneficiarios quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en esta convocatoria y de la normativa reguladora de la concesión de subvenciones públicas y en cualquier momento el Ayuntamiento podrá inspeccionar o requerir documentación o factura justificativa del gasto.

En todos los supuestos los alumnos y progenitores deberán continuar empadronados  en el Ayuntamiento de Escariche durante todo el curso académico. De lo contrario deberán comunicar su baja al Ayuntamiento y proceder al reintegro de la subvención otorgada.

Los alumnos así como sus progenitores o tutores deberán encontrarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y otros ingresos de derecho público con este Ayuntamiento. Se considerará que no se ha destinado la ayuda para la finalidad concedida la anulación de la matrícula, procediendo el reintegro de la subvención concedida.

Escariche a 19 de noviembre de 2021.El Alcalde.Fdo.: Carlos Fernández del Moral

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