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Viernes, 22 Octubre 2021 08:10

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

3147

Delegación de Competencias sancionadoras de tráfico
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AYUNTAMIENTO DE CASA DE UCEDA


3147

Por Acuerdo del Pleno de fecha 13-10-2021 se acordó el acuerdo que literalmente se transcribe: Por el Sr. Alcalde se informa que dado que se considera conveniente por los siguientes motivos: imposibilidad de aplicación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y por consiguiente la imposibilidad de aplicar las infracciones relativas a los incumplimientos de dicha Ley y para una mayor eficacia en la gestión, es conveniente proceder a la delegación de las facultades de “La competencia sancionador por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas.” de acuerdo con el artº 84.4del RDL 6/2015 de 30 de octubre, a favor de  la Dirección General de Tráfico.

Visto el Informe de Secretaría de fecha 1 de octubre y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, a propuesta del Sr. Alcalde,  adopta por unanimidad de los Sres. Asistentes que significa la mayoría absoluta legal de miembros,  el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. Delegar las facultades de “La competencia sancionadora por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas.” de acuerdo con el art. 84.4 del RDL 6/2015 de 30 de octubre, a favor de  la Dirección General de Tráfico.

SEGUNDO. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

TERCERO. Trasladar certificación del presente acuerdo a la Dirección General de Tráfico a los efectos de dar cumplimiento a la Delegación aprobada.

CUARTO. Facultar a la Alcaldía para la firma de cuanta documentación sea necesario para la ejecución del presente acuerdo.”

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso- administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Casa de Uceda, 20 de octubre de 2021. El Alcalde. FDO. José Luis Martín

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