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Jueves, 21 Octubre 2021 08:10

APROBACIÓN DEFINTIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTO 2021

3125

APROBACIÓN DEFINTIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTO 2021
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AYUNTAMIENTO DE ALMADRONES


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No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo del Pleno de fecha 16 de marzo de 2021 de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, se considera aprobado definitivamente, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Estado de gastos

Aplicación Descripción Créditos iniciales Crédito extraordinario Créditos
finales
Progr. Económica        
171 7610 Pavimentación calles Plan provincial 2021 0 10.000 10.000
171 6210 Adquisición espacios verdes 0 12.000 12.000
151 6310 Expropiación urbanística 0 20.000 20.000
164 6320 Reforma cementerio 0 20.000 20.000
171 6230 Elementos parque 0 8.000 8.000
    TOTAL   70.000 70.000

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Estado de ingresos

Aplicación: económica Descripción Euros
Cap. Art. Conc.    
 8 87   870 Remanente de tesorería para gastos generales  70.000 
      TOTAL INGRESOS 70.000 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado;

En Almadrones, a 18 de octubre de 2021. El Alcalde: Antonio Rebollo Moreno

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