AYUNTAMIENTO DE TORDESILOS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal fiscal reguladora de la tasa por cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«“ Cuota tributaria
Artículo 7
Epígrafe primero. Sepulturas: Para vecinos y residentes, empadronados en este municipio con una antelación mínima de un año respecto del óbito.
1.- Permanentes por 75 años para un solo cuerpo……………………400,00€
2.- Permanentes por 75 años para dos cuerpos……………………...500,00€
3.- Ocupadas que quieran introducir un nuevo cuerpo, se considerarán como un cuerpo…………………………………400,00€
Sepulturas: Para cualesquiera otras personas distintas de las señaladas anteriormente (no empadronados).
1.- Permanentes por 75 años para un solo cuerpo……………………800,00€
2.- Permanentes por 75 años para dos cuerpos……………………1.000,00€
3.- Ocupadas que quieran introducir un nuevo cuerpo, se considerarán como un cuerpo…………………………………800,00€
Epígrafe segundo. Nichos: Para vecinos y residentes, empadronados en este municipio con una antelación mínima de un año respecto del óbito.
1.- Permanentes por 75 años para un solo cuerpo…………………400,00€
2.- Introducción en nicho ocupado de una urna con cenizas………………………………………………………. 200,00€
Nichos: Para cualesquiera otras personas distintas de las señaladas anteriormente (no empadronados)
1.- Permanentes por 75 años para un solo cuerpo…………………1.000,00€
2.- Introducción en nicho ocupado de una urna con cenizas……………………………………………………….400,00 €
Epígrafe tercero. Columbarios: Para vecinos y residentes, empadronados en este municipio con una antelación mínima de un año respecto del óbito.
1.- Permanentes por 75 años para una sola urna de cenizas…………..300,00 €
Columbarios: Para cualesquiera otras personas, distintas de las señaladas anteriormente (no empadronados)
1.- Permanentes por 75 años para una sola urna de cenizas…………500,00€».
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tordesilos, 14 de septiembre de 2021. El Alcalde, Antonio Victoria Muñoz