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Viernes, 10 Septiembre 2021 08:09

PROPUESTA DE PROYECTO DE URBANIZACIÓN COMPLEMENTARIO AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS LOCALES DEL SECTOR SUR-R9 DE AZUQUECA DE HENARES

2676

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 1 de septiembre de 2021, por el que se aprueba por unanimidad la propuesta de Proyecto de Urbanización complementario al Proyecto de Urbanización de los sistemas locales de sector SUR-R9 de Azuqueca de Henares.
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


2676

De acuerdo con el art. 160 del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, Reglamento de Planeamiento de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 1 de septiembre de 2021 adoptó el siguiente acuerdo:

«[....]

4º.- PROPUESTA DE PROYECTO DE URBANIZACIÓN COMPLEMENTARIO AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE LOS SISTEMAS LOCALES DEL SECTOR SUR-R9 DE AZUQUECA DE HENARES. (Expte. nº 15637/2021).

Examinada la propuesta (expediente Gestiona 15637/2020; URB-G/2020/10)de proyecto complementario al Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales del sector SUR-R9 de Azuqueca de Henares, para la ejecución de las obras de la línea subterránea de media tensión (M.T.) desde la subestación transformadora (S.T.) ubicada en Villanueva de la Torre (en parte de la parcela  catastral 19386A001001170000SU) hasta el centro de reparto (C.R.) denominado Antonio Machado y situado en la Avenida Manu Leguineche, promovido por Dulcinea 2015, Real Estate, S.L. (sobre su rótulo literal, véase más abajo el epígrafe IV, “DOCUMENTOS Y CONTENIDO”).

El ejemplar del proyecto, en formato pdf, lleva la rúbrica “PROYECTO DE LÍNEA SUBTERRÁNEA DE MEDIA TENSIÓN DESDE ST VILLANUEVA DE LA TORRE A CR ANTONIO MACHADO SECTOR R9 DE AZUQUECA DE HENARES, 19200 GUADALAJARA” y ha sido suscrito electrónicamente por la Ingeniera Técnica Industrial Eva María Barroso Rodríguez el 13 de abril de 2020.

La parte de dicho proyecto objeto del presente expediente y de este acuerdo es sólo la que discurre en término de Azuqueca de Henares.

El proyecto en cuestión sólo realiza obra civil en suelo urbanizable del referido sector y en suelo urbano, no realizando en cambio ninguna obra civil en suelo rústico (sino que, a lo largo de esta última clase de suelo, aprovecha la canalización previamente aprobada y ya existente ejecutada por Hansa, S.A. para el SUR-R6), por lo que se considera un supuesto no sometido a la necesidad de obtener calificación urbanística en suelo rústico.

La propuesta ha sido presentada por Abraham Vicente Bartolomé Domínguez, en representación de Dulcinea 2015, Real Estate, S.L.

Si bien el proyecto abarca los términos municipales de Villanueva y Azuqueca de Henares, el mismo se debe a la ejecución del sector SUR-R9 de Azuqueca de Henares desarrollado mediante PAU.

Por lo tanto, la propuesta de PU se presenta en ejecución de planeamiento (de ordenación detallada) y de programación debidamente aprobados, tratándose del Plan de Ordenación Municipal de Azuqueca de Henares, aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión Provincial de Urbanismo de Guadalajara de 13 de mayo de 1999 (DOCM 25 de junio 1999; BOP 12 de julio de 2001) y Programa de Actuación Urbanizadora del Sector SUR-R9 promovido por TJ Construcciones, S.L. (posteriormente, cambiada su denominada a Alza Residencial, S.L., BORME núm. 207 de 29 de octubre de 2009; y luego cambiada a la de Dulcinea 2015, Real Estate, S.L., BORME núm. 99 de 26 de mayo de 2016) y aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 28 de julio de 2008 y adjudicado en el mismo acto a dicha sociedad (DOCM nº 181 de 2 de septiembre y BOP de Guadalajara nº 98 de 15 de agosto; ordenanzas en BOP de Guadalajara nº 125 de 17 de octubre; todos de 2008). El convenio urbanístico del referido PAU fue suscrito el 29 de septiembre de 2009 entre el Ayuntamiento y TJ Construcciones, S.L. El Proyecto de Urbanización de los Sistemas locales, así como el Proyecto de Urbanización de los Sistemas Generales y el Proyecto de Reparcelación, fueron aprobados todos por la Junta de Gobierno Local el 30 de marzo de 2010.

El proyecto que ahora se tramita es complementario al anterior, según manifiesta el informe del Ingeniero Técnico de O.P. municipal de 4 de agosto de 2021.

Por todo lo anterior, Dulcinea 2015, Real Estate, S.L. se encuentra legitimada para la redacción y presentación del PU en cuestión dado que éste desarrolla el referido PAU y ostenta la condición de urbanizador del sector.

El citado proyecto de urbanización ha sido sometido a información pública por plazo de veinte días mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 104 de 2 de junio de 2021, en el periódico Nueva Alcarria de 24 de mayo de 2021, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento (http://azuqueca.sedelectronica.es) desde el 2 de junio de 2021 hasta el 2 de julio de 2021.

En el expediente obra certificado de la Secretaria,  de 5 de julio de 2021, conforme al cual no se ha presentado ninguna alegación en el referido trámite.

Consta oficio del Jefe de Servicio de Medio Ambiente de Guadalajara (de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible) de 27 de agosto de 2021 (registro de entrada en este Ayuntamiento núm. 2021-E-RC-9189 de 27 de agosto de 2021) conforme al cual el proyecto en cuestión no tiene que someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Se han detectado titulares catastrales o registrales de derechos privados afectados por la actuación urbanizadora, los cuales han sido objeto de notificación individual, no habiéndose presentado alegaciones:

  • SOTSEN, S.L. (registro de salida 2021-S-RE-2797; recibida el 11 de mayo de 2021).

Además, consta autorización de servidumbre de paso para, sucintamente, instalación y permanencia de la canalización subterránea a lo largo de 397 metros lineales, otorgada por SOTSEN, S.L. el 4 de marzo de 2009 a favor de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. unipersonal.

Constan las autorizaciones sectoriales, que se relacionan en la parte dispositiva del presente, de las administraciones públicas competentes sobre los terrenos de dominio público afectados o sus zonas de afección.

Vistos, el informe favorable al proyecto del Ingeniero Técnico de O.P. municipal 4 de agosto de 2021, y el informe jurídico favorable de la Letrada de Urbanismo de 30 de agosto 2021 sobre competencia y procedimiento, los cuales se aceptan y asumen íntegramente.

En consideración a cuanto precede, se entiende suficientemente justificadas la legalidad y oportunidad de la propuesta y se estima procedente su aprobación.

Por ello, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad, adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- Aprobar la propuesta (registro núm. 2021-E-RE-2459 de 29 de abril de 2021) de proyecto complementario al Proyecto de Urbanización de los Sistemas Locales del sector SUR-R9 de Azuqueca de Henares, para la ejecución de las obras de la línea subterránea de media tensión (M.T.) desde la subestación transformadora (S.T.) ubicada en Villanueva de la Torre (en parte de la parcela  catastral 19386A001001170000SU) hasta el centro de reparto (C.R.) denominado Antonio Machado y situado en la Avenida Manu Leguineche, promovido por Dulcinea 2015, Real Estate, S.L., agente urbanizador solidario del referido sector, exclusivamente en lo que se refiere a la parte de dicho proyecto que discurre por el término de Azuqueca de Henares, con las siguientes condiciones legales:

 A) Como Administración urbanística competente en su término municipal, corresponde al Ayuntamiento de Villanueva de la Torre determinar si la parte del presente proyecto que discurre por dicho municipio deberá ser objeto del instrumento de intervención que corresponda (ya sea comunicación previa, declaración responsable, licencia o aprobación), o bien si dicha parte se encuentra ya comprendida en el proyecto “ejecución de línea eléctrica de media tensión desde ST de Villanueva de la Torre a CR de sector SUR-R6 de Azuqueca de Henares”, con emplazamiento “desde ST de Villanueva de la Torre hasta límite término municipal Azuqueca de Henares”, con licencia de obra menor (su ref.: expte. LOME 08/2019) otorgada mediante Decreto de Alcaldía (según notificación suscrita por la Secretaria de su Ayuntamiento el 19 de noviembre de 2020).

 B) Deberá cumplir las determinaciones y condiciones establecidas en las siguientes resoluciones de las administraciones públicas afectadas, que se adjuntarán  la notificación de este acuerdo, en particular las ss.:

- Resolución de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, de 27 de julio de 2021 (DOCM de 4 de agosto de 2021), por la que otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el “proyecto con título: Línea subterránea de media tensión, desde ST Villanueva de la Torre a CR Antonio Machado sector R9 de Azuqueca de Henares, 19200 Guadalajara, con número de expediente 2020DIST-CES024”, con un plazo para la ejecución del proyecto de dos años (vence el 27 de julio de 2023).

- Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, de 30 de marzo de 2009, por la que se otorga autorización para “Ocupación en la vía pecuaria “Cañadilla del Canal” en los T.M. de Azuqueca de Henares y Villanueva de la Torre y (Guadalajara), a favor de (…) Hansa Urbana para la instalación de líneas de electricidad de M.T. subterráneas”. Y resolución de la Consejera de Agricultura, de 12 de marzo de 2012 (DOCM núm. 71 de 10 de abril), por la que autoriza “la ocupación temporal de 104,50 m2 de terrenos en la vía pecuaria denominada Cañadilla del Canal, en los términos municipales de Azuqueca de Henares y Villanueva de la Torre, a favor de (…) Hansa Urbana, S.L., para la instalación de líneas subterráneas de media tensión (…)”

C) En lo que atañe al suelo rústico, el plazo de vigencia de la presente aprobación es de 10 años. Dicho plazo podrá ser prorrogado sucesivamente siempre antes del vencimiento del que estuviera corriendo.

SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a los interesados, en el plazo de diez días y con indicación de los recursos que procedan. Particularmente, a la promotora y a la propietaria de la finca afectada.

TERCERO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Azuqueca de Henares, a 6 de septiembre de 2021. El Alcalde, José Luis Blanco Moreno

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