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Viernes, 13 Agosto 2021 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS

2502

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LOS ESPECTÁCULOS TAURINOS
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AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES


2502

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza reguladora de los espectáculos taurinos del municipio de Chiloeches, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 

«A. Eliminar el apartado B) del artículo 25

B) Del paso de los toros por las carreteras por la CM-2004 y GU-203.

La posible afectación de estas vías consistirá previsiblemente en el estacionamiento de vehículos en sus márgenes, al objeto de visualizar el paso de las reses.

B. Añadir un apartado D en el artículo 27 en los siguientes términos:

D) Se podrá establecer el inicio en una plaza o instalación similar portátil a ubicar en la parcela municipal con referencia catastral 5513907VK8951S0001FK ubicada en la Calle El Reajal.

C. Eliminar en la tercera línea del artículo 29, el camino del Reajal y paraje El Egido, en los siguientes términos:

El Segundo Sector serán las Calles Padilla y Hogaza, y camino del Reajal y paraje El Egido, así como otros terrenos de propiedad municipal, como el mirador de El Castillo.

D. Añadir en el artículo 30 “o en plaza portátil” en los siguientes términos:

La zona de finalización se encuentra en la Plaza de Toros, o en El Egido o en Valdelanegra o en plaza portátil, donde se encuentran los chiqueros que son de obra cerrados que los aíslan del exterior, los cuales reúnen las condiciones de seguridad y solidez necesarios.

E. Añadir en el artículo 31. un apartado 2 con el siguiente tenor literal:

2. Con antelación a su celebración, el Ayuntamiento realizará una inspección ocular previa del recorrido del encierro, prestando especial atención al estado de las fincas colindantes.

Una vez finalizados los encierros se efectuará una limpieza general consistente en la retirada de residuos que se hayan podido depositar en las zonas afectadas por el encierro.»

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Chiloeches, a 11 de agosto de 2021. El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano

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