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Miércoles, 28 Julio 2021 08:07

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2021

2318

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2021
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AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO


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En cumplimiento de lo establecido en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 28 de junio de 2021, por el que se modifican las bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2021.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro de la citada modificación que se reproduce a continuación.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los arts. 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

TEXTO DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN

Modificación de la base de ejecución nº 49 apartado 2º del presupuesto municipal para el año 2021, quedando redactada en los siguientes términos:

«2. Corresponderá al Pleno la resolución de la discrepancia cuando los reparos:

  1. Se basen en insuficiencia o inadecuación de crédito.
  2. Se refieran a obligaciones o gastos cuya aprobación sea de su competencia.

Corresponderá al alcalde, la resolución de las discrepancias en todos aquellos supuestos no contemplados en el apartado anterior.

La resolución de discrepancias será indelegable, deberá recaer en el plazo de 15 días desde la emisión del informe motivado de discrepancia del servicio gestor y tendrá naturaleza ejecutiva».

En Cabanillas del Campo, a 26 de julio de 2021. El Alcalde. Fdo. José García Salinas

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